NC***Juez federal determina que matrimonio igualitario no es legal en Puerto Rico

NC***Juez federal determina que matrimonio igualitario no es legal en Puerto Rico

BAJADA: Establece que decisión del Supremo de Estados Unidos no aplica en la Isla por ser un territorio

Cristina del Mar Quiles

cristina.quiles@gfrmedia.com

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El juez del Tribunal de Estados Unidos en Puerto Rico Juan M. Pérez-Giménez emitió hoy, martes, una orden en la que establece que la decisión del Supremo federal que viabilizó el reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo no aplica en la Isla por ser un territorio.

En un documento de 10 páginas, Pérez-Giménez deniega los recursos solicitados por la defensora de derechos humanos y abogada Ada Conde Vidal junto con otros demandantes hace casi dos años contra la constitucionalidad del Artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico que describe el matrimonio como una institución civil entre un hombre y una mujer.

Conde Vidal, quien es presidenta de la Fundación de Derechos Humanos, solicitó un interdicto preliminar, permanente y sentencia declaratoria para que en Puerto Rico se reconozcan los matrimonios civiles entre personas del mismo sexo contraídos en otras jurisdicciones de Estados Unidos.

El caso, que se encontraba ante la consideración del Primer Circuito de Apelaciones en Boston, fue devuelto a la corte de distrito 12 días después de que el Supremo de Estados Unidos decidiera Obergefell v. Hodges.

Sin embargo Pérez-Giménez evaluó que Obergefell v. Hodge sobre los matrimonios del mismo sexo "no incorpora el derecho fundamental en cuestión para Puerto Rico a través de la decimocuarta enmienda (la igual protección bajo las leyes”), ni invalidó el Artículo 68 (que define el matrimonio en el Código Civil de Puerto Rico)”.

"Y no es de la competencia de este tribunal declarar, como las partes solicitan, que la decimocuarta enmienda garantice el derecho al matrimonio para las personas del mismo sexo”, lee la decisión.

Señala que la incorporación de derechos fundamentales a Puerto Rico mediante la decimocuarta enmienda, a diferencia de como ocurre en los estados, no es automática, precisamente por no ser la Isla un estado federado dentro de los términos de la menciona enmienda.

Apunta que el derecho para el matrimonio igualitario en la Isla requiere de una expresión adicional de parte del Tribunal Supremo de Estados Unidos, o del Tribunal Supremo de Puerto Rico; legislación por parte del Congreso de Estados Unidos en el ejercicio de los poderes...

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