NC***Tribunal de Apelaciones acoge petición de nuevo juicio a Pablo Casellas

NC***Tribunal de Apelaciones acoge petición de nuevo juicio a Pablo Casellas

ATENCIÓN EDITORES: Incluye subtítulo con reacción del Secretario de Justicia y agrega fecha del veredicto en párrafo 12.

Cynthia López Cabán

cynthia.lopez@gfrmedia.com

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En una decisión dividida, el Tribunal de Apelaciones concedió la noche del martes la petición de nuevo juicio solicitada por la defensa del corredor de seguros Pablo Casellas Toro, convicto por el asesinato de su esposa Carmen Paredes Cintrón, ocurrida el 14 de julio de 2012.

Al ordenar la celebración del nuevo juicio y de una vista para la imposición de fianza al hijo del juez federal Salvador Casellas, este foro intermedio reconoció la doctrina establecida recientemente por el Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso de Pueblo v. Sánchez Valle, que estableció que Puerto Rico no cuenta con soberanía dual para acusar a una persona que ya ha sido acusado en el foro federal.

Utilizando este caso, que consignó que Puerto Rico es un territorio federal bajo la cláusula territorial del Congreso de los Estados Unidos, la defensa de Casellas Toro, compuesta por los abogados Harry Padilla Martínez, José Ramón Acevedo Cruz, Arturo Negrón García y Francisco Rebollo Casalduc, argumentó que el veredicto de 11 a 1 que emitió el jurado en este caso no siguió los principios consagrados en la Constitución de Estados Unidos, que exige un veredicto unánime.

La sentencia, 37 páginas, emitida este martes por los jueces Luis Piñero González y Olga Birriel Cardona concluyó que el nuevo marco jurídico establecido en Pueblo v. Sánchez Valle era aplicable a Casellas Toro. La jueza Mildred Surén Fuentes emitió un voto disidente.

"En Maxwell v. Dow, supra pag. 586 (1900) el Tribunal Federal resolvió que en la jurisdicción federal la unanimidad en el veredicto del jurado es un componente esencial de la cláusula del juicio por jurado de la Enmienda VI de la Constitución federal", afirmaron los dos jueces en su escrito.

"En vista de lo anterior y conforme a la doctrina adoptada por nuestro Tribunal Supremo en Pueblo v. Sánchez Valle, supra, concluimos que el derecho constitucional federal a juicio por jurado, y por extensión, el requisito de que el veredicto de este última sea unánime, es de aplicación directa a Puerto Rico", agregaron.

Por esta razón, ambos jueces revocaron la sentencia impuesta a Casellas Toro porque el veredicto fue uno de mayoría y "contrario a lo que establece el nuevo...

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