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En Puerto Rico, desde 1988, el hostigamiento sexual en el empleo está prohibido por ley. Casi 20 años después seguimos viendo casos de esta naturaleza. Ante esta realidad, es vital que los patronos, tanto públicos como privados, tomen acción para prevenir y remediar el acoso sexual.

Todo patrono debe establecer y publicar una política de cero tolerancia al hostigamiento sexual en el empleo. Es responsable de: adiestrar y orientar al personal sobre la política de la empresa sobre este tema; definir claramente el tipo de conducta que puede ser considerada hostigamiento sexual; establecer que la política aplica a todo el personal, sin excepciones, incluyendo al más alto nivel de autoridad, y que no se tomarán represalias contra el empleado que se querelle.

Además, debe: establecer un procedimiento interno para el manejo y resolución de...

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