NO PERMITAS QUE TE COBREN DE MÁS

Por Marian Díaz

mdiaz1@elnuevodia.com

Una tradición que aún perdura en casi todos los hogares puertorriqueños es el degustar una humeante taza de café con leche, en particular a la hora del desayuno.

Muchos son los que la saborean al despertarse o a cualquier hora del día para mantenerse alertas o por puro placer; pero pocos saben que los tres componentes de esa bebida caliente y un tanto amarga están regulados por las agencias estatales desde hace más de 50 años.

La leche, el café y el azúcar refinada se consideran productos de primera necesidad y, como tal, están sujetos a reglamentos que controlan la ganancia de los negocios que los elaboran.

"Esos reglamentos existen desde antes de que se creara el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) y lo que buscan es que se garantice un margen apropiado de ganancia a lo largo de la cadena de distribución", dijo Luis Rivera Marín, titular de la agencia.

Según el secretario del DACO, el precio de la leche se regula desde 1957, un año después empezó a reglamentarse el del café, mientras el del azúcar se verifica desde 1975.

Rivera Marín dijo que para el café existen precios de venta máximos, pero para la leche lo que está vigente es un precio único. En el caso del azúcar, lo que se establece es un margen de ganancia máxima, aunque el precio puede variar.

La próxima vez que vaya a un establecimiento comercial -no importa si es a un colmado, farmacia, supermercado, tienda de conveniencia o megacadena- a adquirir una libra de café, un litro de leche o una bolsa de azúcar, verifique antes su precio y asegúrese de que no le están cobrando dinero de más.

Si encuentra que está a sobreprecio, denuncie el caso al DACO llamando libre de costo al 1-866-520-3226. Proteja su bolsillo.

El precio del café

El precio del café está regulado, ya sea importado, en granos o molido. A nivel del consumidor, el precio máximo a cobrar por una libra (16 onzas) del aromático producto es $ 4.45; si es media libra (8 onzas) no debe exceder de $ 2.25; y la cuarta de libra (4 onzas) $ 1.13. Otros tamaños deberán venderse a precios proporcionales.

Dichos precios aplican solo a una proporción de 60% café primera y 40% café segunda, que es el café normal. Si la proporción es 50% de primera y 50% de segunda, entonces el precio máximo a cobrar es $ 3.64 la libra, pues se considera un café más barato. Si el café está empacado en lata, no aplica la regulación del precio, pues solo es válida para empaques en bolsa de papel.

Algunos...

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