No prospera el pedido de orden de protección

Por Brenda I. Peña López

brenda.pena@gfrmedia.com

La determinación del magistrado, según explicó María Juarbe, abogada de González Sánchez, se fundamentó en que la Ley de Acecho en Puerto Rico establece que el incidente debe producirse más de dos veces.

"En ningún momento yo he hablado, de ninguna manera, que no sea refiriéndome (a ellas) como la abuela o madre de mis hijos. Dejando ese punto claro, entendemos que ha sido adverso o completamente diferente el patrón que, desde el 2010, hasta hoy, han tenido ellos hacia mi persona", afirmó González Sánchez a la salida del tribunal.

"Todo el mundo tiene conocimiento de todos los investigadores que han puesto a perseguirme, a frecuentar las áreas que yo frecuento e inclusive a las áreas que frecuentan mis hijas", añadió el padre de Lorenzo.

"El tribunal determinó que sí se configuró el acecho en el incidente -lamentable por demás- del cementerio, dirigido hacia la persona de mi cliente. Sin embargo, la ley obliga a que tengan que ocurrir dos o más incidentes. Así que debemos esperar otro más para venir al tribunal y que se les den las adecuadas protecciones", dijo Juarbe.

La abuela de Lorenzo salió sonriente y...

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