Ley Núm. 140 de 03 de Julio de 1999. Expedición de Tarjeta de Identificación

EventoLey
Fecha 3 de Julio de 1999

LEY NUM. 140 DEL 3 DE JULIO DE 1999

Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1998, a los fines de disponer la expedición, libre de costo y a solicitud de parte interesada, de la tarjeta de identificación establecida mediante dicha Ley para que certifique a su portador como persona con impedimentos para todos los fines de ley, así como gestiones de todo tipo ante entidades públicas y privadas, además de los demás fines de dicha Ley; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La conceptualización del Estado moderno es la de un ente facilitador cuya principal razón de ser es el servicio al pueblo, enmarcado en el uso adecuado y responsable de los recursos fiscales y unido a la eliminación de aquellas barreras, incluyendo disposiciones estatutarias y reglamentarias obsoletas, que obstaculizan el mayor disfrute de los derechos y la autorealización de los ciudadanos.

Un corolario de esta filosofía es la capacitación de los ciudadanos para que logren el máximo de su potencial económico, educativo, ocupacional, social y cultural, así como su mayor disfrute y provecho personal, en la medida de sus habilidades y circunstancias.

Las personas con impedimentos, como sector considerable de la sociedad puertorriqueña, no están exentas de los esfuerzos del Estado por facilitar el disfrute de sus derechos y el desarrollo de sus potencialidades.

Por el contrario, la rectificación de la falta de atención que en el pasado caracterizó la interacción gubernamental con este importante y numeroso sector poblacional requiere que el Gobierno promueva con la mayor premura y determinación la atención de las necesidades y requerimientos de este grupo.

La expedición, a solicitud de parte interesada, de una tarjeta especial de identificación que certifique a su portador como persona con impedimentos para todos los fines de ley indudablemente facilitaría grandemente el quehacer diario de estos ciudadanos en infinidad de situaciones y circunstancias, tanto en su relación con instituciones y organismos públicos como con la empresa privada.

La necesidad real de tal ayuda y la obligación moral del Estado en tal sentido ha propiciado ya varias disposiciones de ley, tales como la expedición y uso de rótulos removibles de estacionamiento en áreas restringidas para personas con impedimentos bajo la Sección 2-410 de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR