Orden Ejecutiva del Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para aprobar los ajustes necesarios en los desembolsos del Fondo General a los fines de asegurar el funcionamiento del Gobierno durante el Año Fiscal 2005-2006.

JurisdicciónPuerto Rico
Orden ejecutiva nºOE-2005-58
Fecha01 Septiembre 2005
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO
LA FORTALEZA
SAN JUAN, PUERTO
RICO
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO
PARA
APROBAR LOS AJUSTES NECESARIOS EN LOS
DESEMBOLSOS DEL FOND0 GENERAL A LOS FINES
DE ASEGURAR EL FUNCIONAMIENTO DEL
GOBIERNO DURANT'E EL
m0
FISCAL 2005-2006
POR CUANTO:
El Articulo VI, seccibn 6, de
la
Constitucibn del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico establece que de no
aprobme el comspondiente Presupuesto contin&
rigiendo
las
partidas cons+ en
las
iiltixnas
kyes
aprobadas
para
10s gastos ordiwios de funcionarniento del
Gobierno.
POR CUANTO:
La
disposicibn constituciod de referencia
ha
sido activada
dwte este aiio fiscal 2005-2006, transfirikndose
un
Presupuesto Constituciod que,
1
de juko de 2005,
ascendia a $9,489,158,000 segh se desglosa en
la
tercera
columna del Anejo
I
("Presupuesto Constitucional del
Fondo General segh
ajustado bajo el Arriculo VI, Seccibn 8
PORCUANTO:
Desde el
1
de julio de 2005
hasta
el
dia
de hoy se
han
aprobado
las
asignaciones adicionales que se desglosan en
la
cuarta columna del Anejo
I.
Asimisrno, dicha columna
I
refleja varios ajustes misceheos en el servicio de
la
deuda y
por concept0 de operacgn autodtica de
algunas
leyes. Por
lo tanto, junto al refelido Presupuesto Constitucional, el
total
de asignaciones con cargo al Fondo General
autorizadas por ley por
la
Constituci6n asciende,
a1
dia
de
hoy,
a
$9,284,141,000. Vkase, quinta columna del Anejo
I.
PORCUANTO:
Por
vid
del citado Atriculo VI, secci6n 6, de
la
Constituci6n del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el
Gobemador es el funcionario encqado de auto* 10s
desembolsos necesarios para el funcionamiento del
Gobiemo en aquellas iastancias en que no se aprueba un
Presupuesto.
PORCUANTO:
A1
efectuar 10s referidos desembolsos es necesario, enve
oms cosas:
(9
cumplir con el mandato
constitutional
del
Antulo
VI, Secci6n 7, de mmtener un presupuesto
balanceado
y
(3
atender
las
prioridades establecidas en el
Articulo VI, Secci6n 8, de
la
Constituci6n del Estado Libre
Asmiado de Puerto Rico,
las
cuales
han
sido implementadas
por el Adculo 4(c)
de
la
Ley
Nh
147 de 18 de junio de
1980.
POR CUANTO:
Por
virtud
de
la
Ley
Nh
147,
szgma,
la
Oficina de Gerencia
y Presupuesto es el organism0 asesor del Gobemador en el
descargue de
las
facultades presupuestarias
de
referencia,
las
cuales fucron
delegadas
en
la
DiRctora de dicha oficina
mediante
la
Orden Ejecutiva
Nh
56
de
5 de agosto
de
2005, Bole&
Administrative
Nh
OE 2005-56.
PORCUANTO:
Los recmos disponibles para el
60
fiscal 20052006 no
bastan para cub+
las
asignaciones presupuestarias vigentes,
que totaLan $9,284,141,000, toda vez que el Secretario de
Hacienda
ha
certificado que 10s referidos recluros s610
ascenderian a $8,945,000,000 dumnte dicho periodo.

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