Orden Ejecutiva del Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para convocar a a la tercera sesión extraordinaria de la Decimoquinta Asamblea Legislativa.

JurisdicciónPuerto Rico
Orden ejecutiva nºOE-2006-38
Fecha30 Noviembre 2006
ESTAOOLIBRE ASOCIAOODE PUERTO RICO
LAFORTALEZA
SANJUANPUERTO RICO
Boletin Administrativo N6m.: DE-2006 -38
ORDEN EJECUfIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTAOO
LIBRE AS(x]AOO DE PUERTO RICO PARA CONVOCAR A LA
TERCERA SESION EXfRAORDINARIA DE LA DEQMO
QUINf AASAMBLEALEGISLATIVA
POR CUANTO: El ArtIculo IV, Seccion 4 de la Constitucion del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico establece que el Poder Ejecutivo 10
ejerceci el Gobemador, quien, entre otros deberes, funciones
y atribuciones, esci facultado para convocar a la Asamblea
Legislativa a sesion extr.lOrdinaria cuando a su juicio el interes
pUblico 10requiem.
POR CUANTO: EI ArtIculo III, Seccion 10 de la Constitucion del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico establece que en una sesion
extr.lOrdinaria de la Asamblea Legislativa solo podr.1n
considerarse los asuntos especificados en la convocatoria del
Gobemador 0 en un mensaje especial que este envie durante
la sesion.
POR CUANTO: Es una prioridad de esta Administracion fortalecer la
economla puertorriquefiamediante un Plan de Desarrollo
Economico que se esci implantando aceleradamente,que
procura darle a Puerto Rico una infrnestructura de pnmera, y
que subraya.la imponancia de crear empleos directos e
indirectosmediantela inversionen obras pUblicas.
PORCUANTO: La economla de nuestro pals requiere un sinnUmero de
mejoras pUblicasa traves de toda la isla, incluyendo la
repavimentacion y mantenimiento de carreteras, compra de
patrullas policiacas, rev1~ 117<1cionde cascos urbanos, control
de inundaciones, construcci6n de parques, paseos peatonales

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