Orden Ejecutiva del Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para proteger los humedales en terrenos agrícolas de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y de las demás agencias e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y para establecer servidumbres de conservación sobre 1,000 cuerdas de terreno de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico.

JurisdicciónPuerto Rico
Fecha20 Octubre 2008
Orden ejecutiva nºOE-2008-53
ESTADO LIBRE ASOCIADO DEPUERTORICO
LAFORTALEZA
SANJUAN, PUERTO RICO
Boletin Administrativo Nfun.: OE-2008-53
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO RICO PARA PROTEGER LOS
HUMEDALES EN TERRENOS AGRICOLAS DE LA AUTORIDAD
DE TIERRAS DE PUERTO RICO Y DE LAS DEMAs AGENCIAS E
INSTRUMENTALIDADES DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO; Y PARA ESTABLECER SERVIDUMBRES DE
CONSERVACION SOBRE 1,000 CUERDAS DE TERRENO DE LA
AUTORIDAD DE TIERRAS DE PUERTO RICO
POR CUANTO: El Articulo VI, Secci6n 19, de la Constituci6n del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico, establece en 10 pertinente, que sera politica
publica del Estado Libre Asociado la mas eficaz conservaci6n de sus
recursos naturales, asi como el mayor desarrollo y aprovechamiento de
los mismos para el beneficio general de la comunidad.
POR CUANTO: La Ley Organica del Departamento de Recursos Naturales y
Ambientales (DRNA), Ley Num. 23 de 20 de junio de 1972, segtin
enmendada, establece que el DRNA sera la entidad responsable de
implantar, en 10 que respecta a la fase operacional, la politica publica del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico contenida en el Articulo VI,
Secci6n 19, de la Constituci6n..
POR CUANTO: EI Plan de Reorganizaci6n Ntim. 1 de 9 de diciembre de 1993 cre6 la
Administraci6n de Recursos Naturales, entidad adscrita al DRNA y
encargada de velar,enmarcar y asegurar que el desarrollo de Puerto Rico
cumpla con la politica publica de aprovechar, conservar y utilizar
eficientemente los recurs os naturales para mantener un balance entre el
desarrollo econ6mico y la calidad de vida de los ciudadanos.
POR CUANTO: La Ley Num. 26 de 12 de abril de 1941, segtin enmendada, conocida
como la Ley de Tierras de Puerto Rico, faculta a la Autoridad de Tierras
de Puerto Rico a dar cumplimiento a la Politica Agraria del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico, al mantener un inventario de terrenos
agricolas disponibles para sostener la producci6n agricola y la seguridad
alimentaria del Pais.

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