Pantoja V. Municipio De San Juan, 2011 J.T.S. 87
Autor | Dra. Ruth E. Ortega Vélez |
Páginas | 37-38 |
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Libertad de Expresión.
Hechos: El Municipio de San Juan apeló ante el T.A. una sentencia del T.P.I. que emitió una sentencia parcial de injunction preliminar, para ordenar al Municipio de San Juan que se abstuviera de aplicar una ordenanza municipal que regulaba la expresión en propiedad pública. El Municipio le solicitó al T.A. que en auxilio de su jurisdicción paralizara los efectos del injunction. Ante dilación en resolver la moción de auxilio, el Municipio recurrió al Tribunal Supremo; este paralizó los efectos del interdicto.
Decisión del Tribunal Supremo: Resuelve que procede mantener paralizados los efectos del interdicto preliminar otorgado por el T.P.I. y devolver el expediente al T.A. para que atienda con premura y resuelva en los méritos el recurso de apelación presentado por el Municipio de San Juan.
Fundamentos legales: En todo sistema democrático, el derecho a la libertad de expresión enmarca uno de los valores más preciados para el pueblo y figura entre los de mayor preeminencia en el ordenamiento constitucional. La libertad de expresión es uno de los derechos más preciados que posee el ser humano. Sin embargo, este derecho, al igual que los demás derechos fundamentales, no es irrestricto. El derecho de libertad de expresión cede cuando el Estado pretende otorgarle mayor protección a un interés apremiante o cuando, ante un derecho de igual jerarquía y unas circunstancias particulares, en el balance de intereses y su debida ponderación, se opta por darle mayor protección al otro derecho fundamental.
Las garantías individuales consagradas en el Artículo II de la Constitución de Puerto Rico, incluyendo la libertad de expresión, solo son oponibles contra el Estado. Previo a resolver cualquier controversia sobre el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión en propiedad privada o en un foro público tradicional, por designación o no tradicional, es imprescindible que se acredite ante el tribunal, con evidencia suficiente en
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derecho, la naturaleza y titularidad de la propiedad en donde se pretende ejercer tal derecho.
Entre las libertades individuales, la libertad de expresión es probablemente la más esencial, una vez garantizado el derecho a la vida y a la libertad física. La libertad de expresión es la quintaesencia de una sociedad democrática.
De acuerdo con el Tribunal, en el caso de autos, los foros inferiores no le otorgaron la importancia merecida a uno de los principios más básicos del...
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