Ley Núm. 112 de 30. Junio de 2000 de Enmienda Plan de Retiro Banco Gubernamental de Fomento

EventoLey
Fecha30 de Junio de 2000

LEY NUM. 112 DEL 30 DE JUNIO DE 2000

Para disponer los requisitos mínimos de edad y años de servicio con el propósito de autorizar el Plan de Retiro Temprano (adelantado) de empleados del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico; fijar el por ciento mínimo de retribución promedio a utilizarse en el cómputo de la pensión; y proveer para el pago del costo actuarial por dicho Plan de Retiro Temprano.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Nuevo Modelo de Desarrollo Económico propone un sector gubernamental reducido, ágil y que ejerza un rol de facilitador del desarrollo económico y del proceso de creación de empleos.

Como parte de ello, se propone una estrategia institucional a fin de promover la reestructuración y reorientación de agencias e instituciones para adecuarlas al nuevo contexto y a los nuevos requisitos, tanto en el plano local como a escala nacional y global.

Los planes o programas de retiro temprano ofrecen una excelente oportunidad de ayudar a lograr algunos de los aspectos de dicha estrategia institucional, con un mínimo de fricción social y económica, al mismo tiempo que liberan recursos humanos altamente productivos y de vasta experiencia profesional, que a su vez puedan contribuir a la intensificación de la actividad económica privada que propone el Nuevo Modelo de Desarrollo Económico.

El adoptar un Plan de Retiro Temprano representa un proceso complejo, que implica la toma de decisiones, la implantación de las mismas y la aceptación de las consecuencias económicas y sicológicas, de la determinación y acciones tomadas.

No obstante, los programas voluntarios de retiro temprano pueden ser beneficiosos, tanto para la institución que los desarrolla, como para las personas que decidan acogerse a ellos, siempre y cuando estén precedidos por un diseño adecuado y un cuidadoso análisis de costobeneficio, así como un proceso de implantación organizado y la metodología adecuada.

Por un lado, la institución gubernamental puede reducir sus costos totales de operación y mejorar su posición competitiva, renovando las bases de conocimiento y dando paso a las nuevas generaciones de profesionales y trabajadores en general, sin que medien dificultades laborables y las presiones laborales y económicas que generan las acciones de reducción de personal tradicionales.

Por otro lado, la sociedad se puede beneficiar de la experiencia, productividad y probado...

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