Tu planilla en arroz y habichuelas

Por Mario Rodríguez Guerra

CPA

En arroz y habichuelas, en 2010 hay cuatro áreas importantes a considerar en su planilla.

La primera, la limitación a los intereses hipotecarios al 30%. La segunda es el cálculo para Contribución Básica Alterna. La tercera es que continúa la tasa especial del 5% y el nuevo crédito adicional.

Nuestra tarea será aclarar las múltiples dudas que hay sobre estos cuatro temas

Hay una limitación del 30% de ingreso bruto ajustado para deducir los intereses hipotecarios, tanto de la primera como la segunda residencia. Esto aplica a todos los contribuyentes excepto los mayores de 65 años. El ingreso bruto ajustado (IBA) es el total de ingresos al final de la primera página de la planilla, línea 5 de forma larga. Incluye los ingresos por de todas las fuentes, sean estos salarios, intereses, dividendos, pensiones, anualidades, rentas, servicios profesionales o negocios individuales, entre otros.

Se utiliza el IBA menos todas las exenciones personales y deducciones detalladas y adicionales más las deducciones por dependientes para llegar al Ingreso Sujeto a Contribución Sobre Ingresos, figura que aparece en la página 2, línea 14 de la forma larga. Esta es la base para el cálculo de la contribución.

En la mayor parte de las planillas del contribuyente común, se utilizan las tablas y se calcula la contribución sobre ingreso. Las tasas siguen iguales y son desde el 7% hasta el 33%, e irán bajando en el futuro.

Hay otro grupo de contribuyentes que tienen que llevar su cálculo de contribuciones a uno o dos niveles adicionales dependiendo del IBA o de ciertos tipos de ingresos que o tributaron a tasas especiales o no tributaron.

. El primer nivel es Ajuste Gradual: si gana más de $ 75,000 en IBA, debe calcular Ajuste Gradual. La contribución sigue vigente y su cálculo es 5% del exceso sobre $ 75,000, con ciertas limitaciones. El resultado lo colocan en la página 2, línea 16 de la forma larga. Se utiliza el Anejo P para los cómputos.

. El segundo nivel es Contribución Básica Alterna: si tuvo ingresos que tributaron a tasas especiales o no tributaron, deben calcular Contribución Básica Alterna. Este nivel ha sufrido cambios y deberá revisar cuidadosamente su efecto en su caso en particular.

Aquí se incluyen ingresos exentos como las exenciones de los primeros $ 15,000 en pensiones, los primeros $ 2,000 en intereses, dividendos que ya pagaron el 10%, ganancias de capital, ingresos federales de COLA, ciertas rentas o premios...

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