Será pleito de clase un caso de seguro “hazard”

El Tribunal de Primera Instancia de Arecibo acogió la petición de un matrimonio que demandó a principios de este año al Banco Popular, sus corporaciones y varias aseguradoras por enriquecimiento injusto, y resolvió que certificará el caso como un pleito de clase.

La alegación de los demandantes fue que por 15 años Popular Insurance y Banco Popular recibieron de las aseguradoras demandadas cantidades de dinero provenientes de las primas que ellos pagaban por concepto de la póliza que le obligaron a adquirir -conocida como “hazard”- cuando hipotecaron su residencia y que garantiza el pago del préstamo bancario.

Tras examinar la prueba, el juez superior Santiago Cordero Osorio resolvió, en un documento de 33 páginas, que los demandantes pudieron demostrar que el caso cumple con todos los requisitos para que se certifique como pleito de clase.

Se definió la clase como todas las personas propietarias de unidades residenciales sujetas a deudas hipotecarias con las instituciones financieras que concedieron el préstamo, que pagaron la póliza “hazard” por la unidad residencial a la aseguradora durante el periodo comprendido entre el año 2002 y la fecha en que se resuelva el caso, y que no reclamaron daños al seguro ni recibieron reembolso por buena experiencia.

De esa definición se excluyen a todos los jueces de los Tribunales de Primera Instancia, del Tribunal de Apelaciones y del Tribunal Supremo, así como a todos los abogados envueltos en el pleito y a todos los oficiales y gerentes de cualquiera de las entidades demandadas.

Las aseguradoras y las entidades bancarias demandadas no contestaron la demanda, aunque enviaron mociones dispositivas y memorandos de Derecho oponiéndose a la certificación del caso como pleito de clase y señalaron que el reembolso al asegurado constituiría una violación al Código de Seguros.

El Tribunal examinó los cuatro requisitos para que sea...

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