Ley Núm. 127 de 19 de Julio de 2006. Ley de uso preferente de instalaciones deportivas
Evento | Ley |
Fecha | 19 de Julio de 2006 |
Ley Núm. 127 de 19 de julio de 2006
(P. del S. 746)
Para crear la "Ley de uso preferente de instalaciones deportivas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; ordenar al Departamento de Recreación y Deportes y a toda agencia o entidad gubernamental propietaria de instalaciones deportivas, a los municipios y a las organizaciones recreativas en ciertos casos, a cumplir con las disposiciones de esta Ley; y para otros fines.
La Sección 5 de la Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico establece el derecho de toda persona a una educación que propenda al pleno desarrollo de su personalidad.
Es deber del Estado, por tanto, fortalecer el ofrecimiento de recreación y deportes como parte de la educación en todas las escuelas, para combatir los problemas de obesidad y otras situaciones de salud propiciadas por la inactividad e inculcar los valores positivos de competitividad sana en los niños y jóvenes.
Para ello, es indispensable mantener la educación física como parte de la educación que reciben nuestros niños y jóvenes, ya que los deportes juegan un papel importante en la formación y desarrollo de éstos.
Además, es sabido que los estudiantes adquieren destrezas de competitividad, responsabilidad, dedicación y compañerismo mediante la práctica de deportes.
Actualmente, son muchas las escuelas públicas y privadas que no cuentan con instalaciones deportivas propias para servir a la población escolar.
Sin embargo, en muchos casos, existen facilidades a poca distancia de éstas que bien pueden servir de apoyo a las plantas físicas de las escuelas. Estas instalaciones deportivas, en su gran mayoría, se encuentran desocupadas durante el horario escolar.
Además, muchas de ellas son propiedad del Estado o de los municipios, que tienen el fin común de promover una educación deportiva. La utilización de instalaciones deportivas es fundamental en la formación de nuestros niños y jóvenes.
Existe mucho talento en Puerto Rico y debemos desarrollarlo a capacidad; para ello debemos identificar y promover el uso de herramientas adecuadas.
En aras de fomentar la capacitación de nuestros niños y jóvenes, esta Asamblea Legislativa dispone que los estudiantes, durante el horario escolar, disfruten preferentemente de las...
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