Ley Núm. 090 de 13 de Mayo de 2006. Ley para autorizar al Banco Gubernamental de Fomento a otorgar un préstamo al Departamento de Hacienda para el pago de nómina del gobierno central y el déficit gubernamental correspondiente al año contributivo 2005-2006

EventoLey
Fecha13 de Mayo de 2006

Ley Núm. 90 de 13 de mayo de 2006

(P. de la C. 2664)

Para autorizar al Banco Gubernamental de Fomento para otorgar un préstamo al Departamento de Hacienda para el pago de nómina del gobierno central y el déficit gubernamental correspondiente al año contributivo 2005-2006, disponer sobre su utilización, y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Gobierno de Puerto Rico ha incurrido durante las últimas décadas en deudas para financiar su operación sin lograr identificar métodos efectivos para su repago. Los niveles actuales de esa deuda extra constitucional han afectado sustancialmente el crédito gubernamental. Situación que se recrudece durante el año fiscal 2005-2006, al excederse nuevamente los gastos gubernamentales sobre los recaudos creando la crisis gubernamental que actualmente padece el país, lo que resultó en la cesantía de sobre 95,000 empleados gubernamentales.

En atención a dicha situación, y tomando como base la recomendación hecha por el Informe emitido por la Comisión Especial Designada por el Gobernador, Presidentes del Senado y la Cámara de Representantes, emitido con fecha de 10 de mayo de 2006, y como parte integral de una serie de medidas legislativas aprobadas para conjurar dicha crisis, se autoriza al Banco Gubernamental de Fomento a otorgar un préstamo al Departamento de Hacienda por la cantidad máxima de $741,000,000.00 para el pago de nómina del gobierno central y aliviar el flujo de caja de dicho departamento.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1 Título

Esta Ley se conocerá como la "Ley para el Financiamiento del Déficit Gubernamental del 2006".

Artículo 2 Autorización

Se autoriza al Banco Gubernamental de Fomento a otorgar un préstamo al Departamento de Hacienda por la cantidad máxima de $741,000,000.00 para el pago de nómina, los gastos operacionales del gobierno central y aliviar el flujo de caja de dicho departamento como parte del déficit gubernamental correspondiente al año fiscal 2005-2006, según recomendado por el Informe emitido por la Comisión Especial Designada por el Gobernador, Presidentes del Senado y la Cámara de Representantes, emitido con fecha de 10 de mayo de 2006.

Artículo 3 Utilización

Los dineros facilitados mediante el financiamiento otorgado por el Banco Gubernamental de Fomento al...

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