Ley Núm. 131 de 17 de Octubre de 2005. Productos primera necesidad en situaciones de emergencia

EventoLey
Fecha17 de Octubre de 2005

Ley Núm. 131 de 17 de octubre de 2005

(P. de la C. 289)

Para ordenar que se incluyan específicamente, sin que se entiendan limitados, como productos y/o servicios de primera necesidad susceptibles a la congelación y/o fijación de precios en situaciones de emergencia los siguientes: tormenteras, servicios de modificación, reparación e instalación de tormenteras; tornillos, tuercas, clavos, expansiones, paneles de madera, soga, tensores y herramientas; plantas eléctricas, de gasolina, diesel o de gas propano, equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de plantas eléctricas, de gasolina, diesel o gas propano; cisternas de agua, equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de cisternas de agua; equipos, piezas y tanques de combustible de estufas portátiles; tanques y recipientes de almacenamiento de agua; tanques y recipientes de almacenamiento de combustible; toldos y casetas de campaña; además, baterías y linternas de todo tipo y cargadores de energía; agua, hielo, leche, café, todo tipo de farináceos y de granos; y disponer que el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) tome las providencias reglamentarias correspondientes para cumplir con esta Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Isla de Puerto Rico ha sufrido un serio embate de la naturaleza con el paso del Huracán Georges. Esta experiencia que agobia a nuestros ciudadanos ha permitido resaltar las necesidades básicas y primarias del país durante situaciones de emergencia.

Como consecuencia del huracán nos percatamos que hay muchas personas que no cuentan con los artículos necesarios para mantener al menos un mínimo de calidad de vida, tales como iluminación, agua, alimentos, techo. Esto significó el desasosiego y desesperación para muchos de estos ciudadanos que, tenían que moverse de sus hogares para en algunos casos obtener agua, alimentos y otros artículos a un precio mucho mayor del que en circunstancias normales se encuentra.

No obstante, muchas veces se crean lagunas en los consumidores y comerciantes en cuanto a los artículos y/o servicios que pueden estar sujetos a la congelación y fijación de precios en situaciones de emergencia.

Es por ello, que la Cámara de Representantes entiende es apremiante que se añadan específicamente dichos artículos y/o servicios de primera necesidad, sin...

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