Procuran la rehabilitación de menores

El gobernador Pedro Pierluisi convirtió ayer en ley una medida que enmienda el Código Penal de Puerto Rico para favorecer la rehabilitación de menores de edad procesados criminalmente como adultos y que cumplan con una larga condena en la cárcel.La nueva ley -antiguo Proyecto de la Cámara 467- aclara los términos por los que los menores convictos cualifican para la consideración de la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP), según el tiempo en reclusión establecido por un solo delito o para una pena consecutiva por varios cargos en los que se demostró culpabilidad.Hasta ayer, el Código Penal establecía que un adulto hallado culpable por asesinato en primer grado cumpliría una pena en reclusión de 99 años y, para cualificar para libertad bajo palabra, tendría que cumplir 35 años. En el caso de menores procesados como adultos, tenían que cumplir 15 años para ser considerados.En adelante, en los casos en que se imponga a un menor procesado como adulto una sentencia por más de un delito a ser cumplida de manera consecutiva, el término para cualificar será calculado tomando solo como base la pena del delito mayor. Mientras, si la pena más alta a cumplirse es idéntica para dos o más delitos...

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