Pueblo V. Arzuaga Rivera, 2003 J.T.S. 165

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas103-106
Síntesis: Jurisprudencia Procedimiento Criminal
103
PUEBLO V. ARZUAGA RIVERA,
2003 T.S.P.R. 157, 2003 J.T.S. 165 (REBOLLO-LOPEZ)
Descubrimiento de Prueba de Declaraciones Juradas de Testigos de Cargo.
Hechos: El ministerio público autorizó la presentación de varias denuncias
contra Víctor Arzuaga Rivera y Félix de Jesús Mendoza, ante el T.P.I.,
imputándoles la comisión de los delitos de asesinato en primer grado,
conspiración y varias infracciones a la Ley de Armas. El día de la vista para la
determinación de causa probable para arresto declararon bajo juramento los
testigos de cargo. La juez municipal que presidió la vista determinó causa
probable para arresto en todos los delitos imputados.
En la vista preliminar se determinó causa probable para acusar con relación
a todos los delitos. Esta vez declararon como testigos de cargo la señora
Migdalia Cuevas Rosado, quien era esposa del occiso y figura como testigo
ocular de los hechos, y los agentes Ramón Pérez y José González. Estos últimos
fueron incluidos en el listado de los testigos de cargo que el ministerio fiscal
hiciera al presentar las correspondientes denuncias. También figuraban como
testigos la señora María S. Conte (patóloga forense del Instituto de Ciencias
Forenses), la señora Carmen S. Sualiveras Ortiz (especialista en armas de fuego
del Instituto de Ciencias Forenses) y el agente Wally Torres.
A base de una moción del ministerio público, este anunció como testigo de
cargo a William Figueroa Agosto, quien había sido acusado por los mismos
hechos y delitos que se le imputaron a los peticionarios y había recibido
inmunidad parcial a cambio de su testimonio. Los representantes legales Víctor
Arzuaga Rivera y Félix de Jesús Mendoza, se comunicaron con el fiscal a cargo
del caso, solicitándole copia de la declaración jurada prestada por este testigo.
A pesar de que inicialmente el ministerio público verbalmente accedió a tal
solicitud, posteriormente, y en corte abierta, el fiscal expresó que deseaba que
la defensa expusiera su requerimiento "por escrito" para conocer los
fundamentos en que sustentaban su solicitud. Ese mismo día, la juez que
presidía los procedimientos ordenó la entrega de la declaración jurada de
Figueroa Agosto, al señalar que la misma era necesaria para que, en su día, la
defensa pudiera contrainterrogar adecuadamente al testigo.
El ministerio público solicitó reconsideración. Alegó que la orden emitida
por el foro primario excedía lo dispuesto en la Regla 95 de Proc. Civil, y su
jurisprudencia interpretativa. El tribunal de instancia se negó a reconsiderar,
reiterándose en que el ministerio público debía entregar la declaración jurada del
testigo William Figueroa Agosto. El Procurador General acudió ante el Tribunal
de Circuito de Apelaciones mediante recurso de certiorari y moción en auxilio
de jurisdicción. Tras ordenar la paralización de los procedimientos, el foro
apelativo intermedio dictó sentencia en la que revocó la determinación emitida
por el T.P.I. Al así resolver, y citando lo dispuesto en la Regla 95, expresó que
los acusados no tenían derecho a obtener copia de la declaración jurada de este
testigo, ya que este no había declarado en ninguna de las instancias iniciales del
proceso. Arzuaga Rivera y de Jesús Mendoza acuden ante el Tribunal Supremo.
Controversia: Si un imputado de delito tiene derecho a que el ministerio
público le provea copia de la declaración jurada de un testigo de cargo, antes de

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