Pueblo V. Lopez Guzman, 1992, 131 D.P.R. 867

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas149-151

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Etapas Preliminares al Inicio de la Acción Penal. Nota: El ciudadano tiene derecho a protección contra ataques a su intimidad aun cuando esté encarcelado.

Hechos: Del testimonio ante el tribunal de instancia surge que trece testigos presentados por el ministerio fiscal, testificaron que la Sra. Nitza María Nieves terminó de hacer “una compra” en el Supermercado Mr. Special de Lares. Fue allí acompañada de Reynaldo Alicea Guzmán. Luego de abandonar el Supermercado, la Sra. Nieves regresó al mismo en forma precipitada. Inmediatamente después de ella, entró Alicea Guzmán, también corriendo. Corriendo detrás de ellos, entró al Supermercado el apelante López Guzmán, revólver en mano. Segundos después, las personas allí presentes escucharon varias detonaciones de arma de fuego. El apelante López Guzmán es observado disparando el arma de fuego que llevaba en la mano. López Guzmán se arrodilla en el piso del Supermercado, agarra con una mano la cabeza del señor Alicea Guzmán, y le apunta con el revólver al cuello de este; se escucha una detonación. López Guzmán salió del Supermercado, revólver en mano para ir al Cuartel de la Policía a entregarse espontánea y voluntariamente. El agente a cargo de la custodia del apelante le hizo a este las advertencias de ley. El Policía Mont no interroga al apelante. Voluntariamente, este confiesa: “Yo lo tenía que hacer, esa mujer me había denunciado un montón de veces, me tenía alejado de mi hijo, ya

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me tenía cansado”. La hermana del apelante llegó al Cuartel de la Policía. El Policía Mont escucha cuando la hermana del apelante le pregunta a este: “Hijo, ¿qué hiciste?”; igualmente escucha cuando el apelante le contesta: “La maté y si nace la mato de nuevo.” El ministerio fiscal, a través del testimonio de varios testigos, demostró que el arma de fuego que el apelante entregara voluntariamente al Teniente Torres Serrano en el Cuartel fue el arma que disparó las balas o proyectiles que causaron la muerte a Nitza Nieves y a Reynaldo Alicea.

Controversias: Si se violó el derecho constitucional del acusado al debido proceso de ley y a un juicio justo e imparcial al ventilarse el juicio en su fondo ante un magistrado que había intervenido en el caso en procedimientos anteriores al juicio.

Decisión del Tribunal Supremo: Confirma la sentencia de convicción. Fundamentos legales: Desde el comienzo de su decisión, el Tribunal Supremo deja establecido que, dados los hechos particulares del caso, se...

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