Pueblo V. Mattei Torres, 1988, 121 D.P.R. 600

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas443-445
Síntesis: Jurisprudencia Procedimiento Criminal
443
v. Cabrera Cepeda, 92 D.P.R. 70, 74 (1965); Cepero Rivera v. Tribunal
Superior, 93 D.P.R. 245, 248 (1966). La conducta del funcionario público se
juzga pues en orden al criterio de la persona prudente y razonable, por lo que es
necesario considerar las circunstancias especificas del arresto para determinar su
validez.' Pueblo v. Alcalá Fernández, 109 D.P.R. 326, 331-332 (1980); Pueblo
v. Lafontaine Alvarez, 98 D.P.R. 5, 81 (1969)...".
Esta posición no ha cambiado y explica ahora, por qué "concurrimos en el
resultado arribado". Por ende, nos reservamos para mejor ocasión exponer
nuestros criterios sobre la normativa que gobierna los trámites ulteriores
apelativos revocatorios, sus distintas modalidades y limitaciones, por razón de
la cláusula constitucional que prohíbe la doble exposición.
PUEBLO V. MATTEI TORRES,
121 D.P.R. 600, 88 J.T.S. 86 (NEGRÓN-GARCÍA)
Identificación del Acusado.
Hechos: M.M.S., la víctima de violación y sodomía, de 27 años de edad,
testificó que salió a buscar a su marido consensual, Matías, que entró a un
negocio donde conversó con una persona, quien le ofreció una cerveza y ella
aceptó. Momentos después llegó su marido. Al verla tomando la cerveza, se
disgustó y se puso a jugar billar. Ella ingirió cuatro cervezas. Al salir del lugar,
apareció Mattei Torres, se situó detrás de ella. Su marido salió del lugar; la
ignoró. Ella comenzó a seguirlo. Al doblar la esquina, disgustado su marido se
escondió para asustarla y le tiró con unas piedras. Entonces apareció el acusado
Mattei Torres y lo recriminó. Ambos pelearon. Con posterioridad, Matías se
marchó solo.
M.M.S. observó el incidente. Se marchó hacia su hogar. Mientras caminaba
se percató de que alguien la seguía. Resultó ser el acusado Mattei Torres, quien
se ofreció a acompañarla durante el oscuro trayecto. En determinado momento,
este la “jaló” con fuerza y la condujo hacia un monte, donde la obligó a
despojarse de todas sus ropas y prendas íntimas. La tiró sobre la tierra y la violó
en varias ocasiones. Después la sodomizó. Contemporáneamente la golpeó en
forma violenta en la cara y los ojos al extremo de que ella cayó y permaneció
inconsciente, según su mejor recuerdo, como una hora. Al cabo del tiempo, se
encontró adolorida, desnuda, y tirada en el pastizal.
M.M.S. se dirigió a la casa de su hermana Zoraida. No podía hablar ni ver
debido a los puños que recibió. Llamó a su hermana y con dificultad le explicó
lo ocurrido. En un papel le escribió que se trataba de un hombre bajito, de pelo
negro y gordito. No pudo hacer nada más y comenzó a vomitar. Su madre y
hermana la llevaron al Centro Médico. Allí, le describió al médico que la atendía
lo mismo que a su hermana en cuanto al físico de su agresor. Luego regresó a su
casa y se acostó. Después del examen médico, y no antes, adoptó medidas de
limpieza e higiene de todo su cuerpo. Al día siguiente por la noche, cuando su
marido Matías fue a verla, le indicó que el individuo que había peleado con él

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