Pueblo V. Ramos Santos, 1992, 132 D.P.R. 363

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas133-136
Síntesis: Jurisprudencia Procedimiento Criminal
133
autos, que presenta, además, la cuestión de si el debido proceso de ley
permite que, más de seis años después de haber cumplido la sentencia
supuestamente ilegal puede el convicto ser reencarcelado para cumplir así el
remanente de la pena pendiente.
PUEBLO V. RAMOS SANTOS,
132 D.P.R. 363, 92 J.T.S. 176 (NAVEIRA)
Registros y Allanamientos: Registros Consentidos y Consentimiento de
Terceros. Legitimación activa del que Invoca la Supresión de Evidencia.
Agente del Orden Público.
Hechos: El 3 de enero de 1989, en horas de la noche, el Policía William
Acevedo Martínez, fue herido mortalmente a cuchilladas mientras prestaba
vigilancia en el Parque Muñoz Rivera. Murió mientras era trasladado al
Centro Médico. La noche en que ocurrieron los hechos el guardia de
seguridad Pedro Hye González prestaba vigilancia en el Tribunal Supremo.
Vio que desde el Parque Muñoz Rivera se acercaba una persona hacia los
portones principales del Tribunal. Desde la parte de adentro del portón le
preguntó que para dónde iba. Este le contestó que estaba buscando salida. El
guardia de seguridad Hye González le indicó que la salida era para atrás. Hye
González estaba como a cuarenta pies cuando habló con la persona. La
conversación duró poco, de seis a diez segundos. Minutos después de haber
hablado con esta persona, oyó unos gritos. Cuando miró en dirección a los
gritos vio a una persona que venía corriendo con la mano en el cuello. Hye
González se dio cuenta que se trataba de un policía y abrió el portón. El
policía estaba herido. Le dijo que su agresor le había quitado el arma.. Hye
González llamó al Cuartel y cuando llegó la patrulla lo montaron y se lo
llevaron al hospital. Hye González identificó al acusado apelante en Sala.
Desde el día de los hechos no lo había visto, aunque vio sus fotos en el
periódico cuando lo arrestaron.
El Sargento de la Policía Juan A. Oliveras Nazario declaró que iba hacia
su casa cuando recibió la llamada indicando que habían asesinado un policía.
Se personó al Cuartel donde el retén le dijo que contestara el teléfono, que
había información. La persona que llamó tenía voz femenina y no se
identificó. Le dijo que Gerardo Ramos Santos, que se encontraba evadido del
Campamento Penal de Guavate, había entrado al apartamento 1003-A del
Residencial Las Acacias, con un revólver en la mano y la ropa
ensangrentada. La confidencia mencionó el nombre de Judith y de Gerardo.
Trató de obtener más información, pero le fue imposible pues la persona
enganchó el teléfono. El Sargento Oliveras Nazario dio conocimiento de la
llamada a sus superiores.
El Sargento Oliveras Nazario, con policías armados, se personaron al
Residencial Las Acacias. Rodearon el edificio y registraron piso por piso. El

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR