Ramírez V. Junta De Planificación, 2012 J.T.S. 109

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas293-297

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Zonificación.

Hechos: El Sr. Reynaldo Domínguez Fragoso solicitó a la Junta de Planificación un cambio de zonificación para un terreno de su propiedad. La solicitud procuraba cambiar la zonificación de Distrito Residencial de Densidad Intermedia (R3) a Distrito Industrial Liviano (I1) o Comercial Central Intermedio (C2). Ello, con el propósito de utilizar la propiedad para operar un taller de hojalatería y pintura, mecánica liviana y estacionamiento. La Junta aprobó esa reclasificación. Luego, la Junta aprobó la Resolución C181 en la que autorizó los

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cambios de zonificación de 78 solicitudes, entre ellas, la del señor Domínguez Fragoso. Esta Resolución fue publicada en el periódico El Vocero el 1 de junio de 2007 y contenía 78 casos de rezonificación o recalificación aprobados desde el 1986 hasta el 2006. Asimismo, esta Resolución de la Junta enmendó los Mapas de Calificación del Municipio de San Juan, el Plano de Ordenamiento del Área Especial de Santurce y el Mapa de Zonificación Especial de Condado.

El Municipio de San Juan acudió ante el T.A. mediante un recurso de revisión administrativa en el que impugnó las rezonificaciones mencionadas. Específicamente, el Municipio cuestionó la validez de la Resolución por entender que el aviso en el periódico había sido defectuoso al no advertir o notificar adecuadamente a las partes afectadas el derecho de revisión judicial, al igual que el término legal para ello. Sin embargo, según el peticionario, el Municipio no le notificó a él ni a ninguna de las demás 77 personas que se verían afectadas por el resultado de la presentación de su causa de acción.

El T.A. dictó una sentencia en la que le concedió la razón al Municipio, revocando la resolución emitida por la Junta y devolviendo el asunto a esa agencia para que emitiera nuevamente las reclasificaciones. De esa forma, y entre otros asuntos, la Junta debía explicar los fundamentos que utilizó para aprobar las enmiendas solicitadas. Esta sentencia no fue notificada ni al peticionario ni a ninguna de las 77 personas afectadas con la misma.

El señor Domínguez Fragoso ya había realizado varias gestiones en las agencias correspondientes para obtener los permisos requeridos para utilizar su propiedad conforme a la autorización que la Junta le había concedido. Como consecuencia de la sentencia dictada por el T.A., la Junta revirtió la aprobación de la reclasificación obtenida por el señor Domínguez Fragoso y devolvió el terreno a su clasificación original R3. Asimismo, la Junta Revisora de Permisos y Usos de Terrenos emitió una resolución en la que revocó el permiso de uso que se le había otorgado al señor Domínguez Fragoso para operar su taller.

El señor Domínguez Fragoso acudió ante Tribunal Supremo. Controversia: Si un ciudadano tiene derecho a que se le notifique una sentencia dictada contra la Junta de Planificación como resultado de un recurso de revisión administrativa en el que se impugnó con éxito una rezonificación que fue promovida originalmente por ese ciudadano. Resolvemos en la afirmativa. Los...

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