Referidos al FEI por el chat

El exgobernador Ricardo Rosselló Nevares y 13 de sus más cercanos colaboradores fueron referidos ayer a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (Opfei) luego que una investigación preliminar del Departamento de Justicia encontrara posibles infracciones al Código Penal y a la Ley de Ética Gubernamental por sus conversaciones en un chat en la aplicación Telegram.En un comunicado de prensa, Justicia informó que entre los referidos se encuentran Yennifer Álvarez Jaime, exsecretaria de Prensa de La Fortaleza, así como Rossy Santiago Velázquez, exdirectora de la Oficina Central de Comunicaciones de la Oficina del Gobernador.Cuando se supo de la existencia del "WRF Chat" nunca se vinculó con el mismo a estas exfuncionarias. La secretaria de Justicia, Dennise N. Longo Quiñones, se negó a indicar el presunto rol de las dos comunicadoras en las posibles acciones ilegales referidas. Sin embargo, el comunicado, al menos, sostiene que Álvarez Jaime era parte del grupo de conversación.Además, de Rosselló Nevares, Álvarez Jaime y Santiago Velázquez, los exfuncionarios referidos son el exsecretario de Asuntos Públicos Ramón Rosario, el ex asesor principal del gobernador Alfonso Orona, el exdirector de la Autoridad para la Asesoría Financiera y Agencia Fiscal Christian Sobrino, el exsecretario de Estado Luis Rivera Marín, el exsecretario de Hacienda Raúl Maldonado, el exsecretario de la Gobernación Ricardo Llerandi, y el exdirector de Puertos Anthony Maceira. Además están el exrepresentante del gobierno ante la Junta de Supervisión Fiscal Elías Sánchez Sifonte, el publicista Edwin Miranda Reyes, y los comunicadores Rafael Cerame y Carlos Bermúdez.Longo Quiñones tampoco quiso divulgar los delitos quepudieron haber cometido los 14 exfuncionarios.Sin embargo, fuentes de El Nuevo Día revelaron que se sospecha que estos pudieron haber violentado artículos del Código Penal, entre ellos enriquecimiento ilícito (Art. 250), enriquecimiento injustificado (Art. 251) y oferta de soborno (Art. 260). También se sospecha de múltiples infracciones al Artículo 4.2 de la Ley de Ética Gubernamental, disposición en el cual están las prohibiciones éticas de carácter general.El enriquecimiento ilícito se imputa a todo funcionario o exfuncionario público que utilice información para beneficio personal o de un tercero que solo haya podido conocer por razón de su cargo.En tanto, el enriquecimiento injustificado se refiere a todo funcionario o exfuncionario o que...

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