Reglamento de Lotificación y Urbanización. Reglamento de Planificación Número 34. Mediante este Reglamento se establecen las guías y controles para promover las más estrecha coordinación entre el desarrollador y las entidades responsables de la infraestructura necesaria para el uso de terreno propuesto, desde las etapas más tempranas de la tramitación que regirá la autorización de lotificaciones y urbanizaciones, y para asegurar que el proyecto internalice aquellos costos de la provisión de infraestructura inyherentes a su funcionamiento sin afectar la calidad o cantidad de servicio diesponible a la comunidad o sector en que se ubique.

Número de reglamento8695
Fecha27 Enero 2016
EmisorOficina de Gerencia de Permisos
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR