Reglamento sobre el Servicio de Tarjetas de Llamadas Pre-Pagadas.

Número de reglamento5946
Fecha07 Abril 1999
EmisorNEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES
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Fecha:7a.M- /'ff
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Por: .' II
GOBIERNO DE PUERTO RICO SecretarioAuxili
JUNTA REGLAMENTADORA DE TELECOMUNICACIONES
DE PUERTO RICO
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REGLAMENTO SOBRE EL SERVICIO DE TARJETAS DE LLAMADAS
PRE-PAGADAS
1. Base Legal
Se promulga este Reglamento confonne al Capitulo II,Articulo 7(a) de la Ley 213 de
12 de septiembre de 1996, conocida como "Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico
de 1996", y la Ley 170de 12 de agosto de 1988, conocida como "Ley deProcedimiento
Administrativo Unifonne".
2. Proposito y Ambito
El proposito de este Reglamento es regir el servicio de tarjetas de llamadas pre-
pagadas de larga distancia intraisla en Puerto Rico, en beneficio de los consumidores. El
presente Reglamento aplica tanto alas compafllas que proveen el servicio de tarjetas de
llamadas pre-pagadas utilizando su propia red, como alas compafllasque revenden este
servlclO.
3. Relacion con Reglamentacion Interna
Estas reglas serm suplementadas por los reglamentos promulgados por la Junta
Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico, en particular por el Reglamento
Para la Expedicion de Certijicacionesy Franquicias y el Reglamento Sobre Imposicion
de Cargos alas Compafiiasde Telecomunicaciones.
4. Definiciones
a) "Certificacion" - significani la autorizacion que otorgue la Junta Reglamentadora
de Telecomunicaciones a una compaiiia de telecomunicaciones para prestar un

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