Remedio contributivo de ?ma hora

Por Marie Custodio Collazo

mcustodio@elnuevodia.com

Acu?ate que, a menos que hayas acordado lo contrario con tu patrono, hay una directriz del Departamento de Hacienda para que no se hagan retenciones de los salarios en diciembre. Esto corresponde a una especie de adelanto del cr?to que se aprob?mo parte de la primera fase de la Reforma Contributiva.

Seg?a Ley 171 del 2010, los contribuyentes con un ingreso bruto ajustado de $ 0 a $ 40,000 son elegibles a un cr?to de 15%, mientras que quienes ganan de $ 40,001 a $ 100,000 ($ 150,000 casados), pueden reclamar un cr?to de 10%, y 7% para los que tienen ingresos mayores.

Mar?de los ngeles Rivera, social de la firma de CPA Kevane Grant Thornton, explica que si durante el a?e hicieron todas las retenciones como se supone, para noviembre ya estaba cubierta tu obligaci?ontributiva, despu?del cr?to correspondiente.

Pero si se retuvo de menos, tanto en el caso de los asalariados como de los que trabajan por cuenta propia, es posible que tengas que hacer un pago mayor cuando radiques la planilla. Mientras m?altos tus ingresos, mayor posibilidad de que tu contribuci?o est?ubierta por completo si no te retuvieron del salario y el bono de diciembre, se? la contadora p?ca autorizada (CPA).

Adem? apunta a que si tuviste otros ingresos, de los que no te retuvieron, ni llenaste una "estimada", entonces podr?ser que te hiciera falta esa retenci?e diciembre.

Sin embargo, Rivera dice que a?st?a tiempo para remediarlo.

Por lo regular, puedes usar de referencia la...

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