Res. Conj. 40, 05/14/16, 7 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.

Legislatura2013-2016
EventoResolución Conjunta
MedidaRCC0817
AutoresRep. Nelson Torres Yordán
Fecha14 de Mayo de 2016

(R. C. de la C. 817)

RESOLUCION CONJUNTA NUM. 40

14 DE MAYO DE 2016

Para ordenar al Departamento de Transportacion y Obras Publicas transferir, libre de costo al Municipio de Guayanilla, la titularidad del terreno y la estructura de la Escuela Consuelo Feliciano ubicada en el Barrio Maga Arriba de ese municipio, para establecer alli, por si o mediante colaboracion de una organizacion sin fines de lucro, programas y proyectos que sean beneficiosos para la comunidad y la ciudadania en general; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Actualmente, el terreno y la estructura donde ubico la Escuela Consuelo Feliciano no tienen uso por parte del Departamento de Educacion. Su titular, el Departamento de Transportacion y Obras Publicas, tampoco tiene operaciones en las mencionadas instalaciones. Asi las cosas, el Departamento de Transportacion y Obras Publicas otorgo a favor del Municipio de Guayanilla un Permiso de Entrada y Ocupacion.

El Municipio de Guayanilla mostro interes en adquirir el terreno y la estructura de dicha Escuela a los fines de establecer alli, por si o mediante colaboracion con una organizacion sin fines de lucro, programas y proyectos que sean beneficiosos para la comunidad y la ciudadania en general.

Esta Legislatura considera preciso y pertinente que el Departamento de Transportacion y Obras Publicas transfiera libre de costo al Municipio de Guayanilla la titularidad del terreno y la estructura de la que fue la Escuela Consuelo Feliciano.

RESUELVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Articulo 1

Se ordena al Departamento de Transportacion y Obras Publicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico transferir, libre de costo al Municipio de Guayanilla, la titularidad del terreno y la estructura de la Escuela Consuelo Feliciano, ubicada en el Barrio Maga Arriba del Municipio de Guayanilla.

Articulo 2

El Municipio de Guayanilla utilizara las instalaciones mencionadas en la Seccion 1 de la presente Resolucion Conjunta, para establecer alli, por si o mediante colaboracion con organizaciones sin fines de lucro, programas y proyectos que sean beneficiosos para la comunidad y la ciudadania en general.

Articulo 3

El Departamento de Transportacion y Obras Publicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Municipio de Guayanilla seran responsables de realizar toda gestion para dar fiel...

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