Un respiro para los herederos

Por Yanira Hernández Cabiya

yhernandez@elnuevodia.com

El beneficio que se conocerá como el crédito por contribuyente responsable es uno de los muchos cambios que a la llamada Ley de Herencia, como parte del nuevo Código.

El crédito permitirá que los residentes de Puerto Rico que al momento de su muerte estén al día en "todas sus obligaciones contributivas" queden exentos de pagar tributo sobre los bienes dejados a sus herederos, explicó la contadora pública autorizada (CPA) María de los Ángeles Rivera.

Esto significa que el contribuyente fallecido y su albacea no podrán tener deudas con Hacienda, por concepto de patentes municipales o por contribución sobre la propiedad.

Mientras, si el contribuyente se beneficia de este crédito los herederos no recibirán el valor en el mercado por las propiedades recibidas en herencia.

"Para los herederos podría ser más beneficioso no acogerse al crédito y recibir las propiedades de acuerdo con su valor en el mercado, porque así al momento de venderlas no tienen que pagar contribuciones por la ganancia", señaló Rivera.

Además, el nuevo estatuto elimina las tasas escalonadas entre 18% y 50% que antes se pagaban por los bienes dejados por un contribuyente al fallecer.

De ahora en adelante se impondrá una tasa fija de 10%, tanto para el caudal relicto -los bienes dejados por un contribuyente al morir- como para donaciones, explicó la CPA.

La experta en asuntos contributivos indicó que además de la tasa, la exención fija por propiedades de caudal relicto localizadas en Puerto Rico aumentó a $ 1 millón.

Sin embargo, puntualizó que la ley ahora dispone para que esa exención sea prorrateada proporcionalmente entre las propiedades que componen dicho caudal relicto.

"Si por ejemplo la persona dejó una casa con un valor de $ 3 millones y una finca con un valor de $ 1 millón, la exención del millón deberá ser prorrateada en esa misma proporción", sostuvo Rivera.

La medida permitirá al Departamento de Hacienda tener constancia de a cuál propiedad o activo se le adjudicó la exención, añadió.

Otro aspecto que cambia en la ley es la definición de residente domiciliado en Puerto Rico.

"La definición se unifica con las demás partes del...

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