Ley Núm. 264 de 03. Septiembre de 2003 de Enmienda Código Político

EventoLey
Fecha 3 de Septiembre de 2003

Ley Núm. 264 de 3 de septiembre de 2003

Para enmendar los incisos (a), (b), (c), (d); derogar los incisos (e) y (f); enmendar el inciso (g) y renumerar como inciso (e) y renumerar el inciso (h) como inciso (f) del Artículo 87; añadir un nuevo, Artículo 87A y enmendar el Artículo 88 del Código Político de Puerto Rico de 1902, según enmendado, a los fines de establecer la facultad del Secretario de Hacienda para cancelar automáticamente los cheques expedidos por el Departamento de Hacienda y los Oficiales Pagadores Especiales, cuya fuente de pago contiene tanto fondos estatales como fondos federales y para autorizar al Secretario de Hacienda a transferir el importe de aquellos cheques ingresados en la cuenta "Deudas Pendientes de Pago Fondos Estatales" antes de julio de 2003, sin necesidad de la publicación que requiere el Artículo 87 del Código Político de 1902, según enmendado.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Artículo 87 del Código Político de Puerto Rico establece que el Departamento de Hacienda tiene la obligación de asegurar la disponibilidad de los fondos contra los cuales emite sus pagos, ello con el propósito de honrar las. deudas o créditos que deben ser satisfechos a través del Departamento de Hacienda. A tales efectos, dicho artículo, además de requerir la preparación de una relación de todos los cheques expedidos por el Secretario de Hacienda, exige que luego de transcurrido un período de seis meses sin que los mismos hayan sido cobrados, el Secretario de Hacienda deberá depositar el importe de los mismos en una cuenta identificada como deudas pendientes de pago.

Es importante señalar que el Departamento de Hacienda emite todos los cheques del Gobierno Central del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Esto incluye pagos que hacen las agencias gubernamentales cuya fuente puede provenir de fondos estatales, fondos federales o fondos pareados (fondos federales y fondos estatales).

El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR