Ley Núm. 317 de 02. Septiembre de 2000 de Enmienda Ley Municipios Autónomos

EventoLey
Fecha 2 de Septiembre de 2000

Para adicionar el art. 10.005-B a la Ley de Municipios Autónomos de 1991

LEY NUM. 317 DEL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

Para adicionar el Artículo 10.005-B a la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como "Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", a los fines de disponer que la propiedad mueble municipal, que sea declarada excedente por el municipio, de uso agrícola, o que se utilice para el ejercicio de las artes manuales o que pueda ser de beneficio en las labores de pesca o de artesanía mediante venta, no adquirida por las personas con derecho preferente a comprar las mismas conforme al Artículo 10.005-A de la Ley Núm. 81 supra, y cualquier otra propiedad municipal que sea declarada excedente utilizada para la transportación, construcción de obras públicas municipales, no adquiridas por las personas con derecho preferente a adquirir las mismas, pueda ser donada por los municipios a países democráticos que demuestren tener necesidades apremiantes y específicas de salud, educación, vivienda y para asistencia en emergencias y en caso de desastres naturales.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como "Ley de Municipios Autónomos", señala los mecanismos y requisitos que rigen a los municipios en materia de disposición y adquisición de bienes muebles e inmuebles. El Artículo 10.005-A faculta al Alcalde a declarar y disponer de la propiedad municipal declarada excedente. A esos fines, establece los parámetros y procesos necesarios. Por otro lado, el Artículo 10.005-B le permite al Municipio la cesión de bienes o fondos a personas naturales indigentes, previa

aprobación de la Asamblea Municipal y comprobación del estado económico de la persona y sin que se interrumpan, ni afecten adversamente las funciones, actividades y operaciones municipales.

En ocasiones los desastres naturales y otras circunstancias afectan la infraestructura, materiales y equipos necesarios para el funcionamiento de las municipalidades del algunos países del mundo. Aunque nuestra Ley de Municipios Autónomos provee los mecanismos para disponer del excedente de los bienes municipales, existe equipo y material municipal declarado excedente que no resulta funcional para las personas que podrían recibir éstos en cesión. Es por eso que resulta meritorio legislar para que los bienes declarados excedentes por los municipios...

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