Ley Núm. 191 de 01 de Septiembre de 2006. Ley de Promoción de Internados Cooperativas

EventoLey
Fecha 1 de Septiembre de 2006

Promoción de Internados Cooperativas, Ley de; Enmiendas

Ley Núm. 191 de 1 de septiembre de 2006

(P. de la C. 2442)

Para enmendar los Artículos 2, 3 y 5 de la Ley Núm. 215 de 29 de agosto de 2002, conocida como “Ley de Promoción de Internados Cooperativistas de Puerto Rico”, a fin de autorizar a los gobiernos municipales a auspiciar semestralmente plazas que sean destinadas a estudiantes matriculados en el Curso Seminario de Estudio y Trabajo en Cooperativismo con Práctica Supervisada del Instituto de Cooperativismo de la Universidad de Puerto Rico para que estos puedan hacer sus correspondientes prácticas.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Núm. 215 de 29 de agosto de 2002, conocida como “Ley de Promoción de Internados Cooperativistas de Puerto Rico”, se crea con el propósito de que la Administración de Fomento Cooperativo establezca y propicie, mediante reglamento, los mecanismos necesarios para coordinar la habilitación de plazas a ser ocupadas semestralmente por los participantes del Curso Seminario de Estudio y Trabajo en Cooperativismo con Práctica Supervisada del Instituto de Cooperativismo de la Universidad de Puerto Rico, ya sean en agencias gubernamentales relacionadas con el cooperativismo o en cualquier otra dependencia gubernamental.

Esta Ley se promulga amparada bajo el precepto de que el cooperativismo como institución de pueblo, debe subsistir; y que la Asamblea Legislativa, comprometida con su filosofía, debe asegurar su permanencia en Puerto Rico. Es responsabilidad del Gobierno continuar desarrollando al máximo el Movimiento Cooperativista para brindarle a sus socios y a la ciudadanía en general mayores y mejores servicios.

Sin embargo, en dicha esta Ley no se incluyen a los municipios los cuales podrían ser ampliamente beneficiados al recibir la experiencia y el insumo de unos estudiantes con conocimientos plenos en la filosofía cooperativista. Ciertamente, el Ejecutivo tiene una responsabilidad para con el movimiento cooperativista, pero sin lugar a dudas, también, debemos promoverla en los municipios, criaturas de la Asamblea Legislativa que tienen el primer contacto con la ciudadanía. Es nuestra contención que esta Ley beneficiará no sólo a los municipios sino a esos estudiantes que muy bien podrían hacer sus prácticas, inclusive, cercanos a sus hogares.

DECRÉTASE POR LA...

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