Ley Núm. 411 de 22 de Septiembre de 2004 de Enmienda Sec. 1012C de Código de Rentas Internas

EventoLey
Fecha22 de Septiembre de 2004

Ley Núm. 411 de 22 de septiembre de 2004

(P. de la C. 4878)

Para enmendar el Apartado (a) del Artículo 6 de la Ley Núm. 99 de 23 de abril de 2004, con el propósito de extender su vigencia hasta el 30 de junio de 2005.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

Se enmienda el Apartado (a) del Artículo 6 de la Ley Núm. 99 de 23 de abril de 2004, para que lea como sigue:

Sección 1012C.-Elección de pagar por adelantado la contribución sobre cantidades acumuladas y no distribuidas en un Contrato de Anualidad Variable.

(a) Cualquier individuo que sea el dueño o beneficiario de un contrato de seguro de vida, dotal o anualidad y que permute en o antes del 31 de diciembre de 2004 dicho Contrato de Anualidad Variable Elegible o efectúe una transferencia indirecta a cambio de un Contrato de Anualidad Variable Elegible de acuerdo a la Sección 1112(b)(9) de esta Ley, podrá elegir pagar por adelantado, en lugar de cualquier otra contribución, una contribución de diez (10) por ciento sobre la totalidad de la cantidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR