Shivell V. Barber y Boscio, 1965, 92 D.P.R. 400

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas331-333

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Acto Administrativo de Naturaleza Declarativa

Hechos: Las cuatro hermanas (Inocencia, Rosa María, María Teresa y

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Francisca) adquirieron por herencia, por partes iguales, una finca. En 1962, tres de las hermanas (Inocencia, Rosa María y María Teresa firmaron un contrato en el cual, luego de identificar a los comparecientes (vendedoras y comprador) manifestaron que las tres comparecientes han convenido en vender los tres condominios al señor Shivell. Medio año más tarde, al ir a firmar la escritura de división de la comunidad, al comparecer las cuatro hermanas a la oficina del abogado en representación de las vendedoras, el esposo de Francisca Barber expresó que él no permitía que su esposa firmase. Ella no firmó.

Con motivo de la situación creada por la actitud de los esposos Annoni-Barber, se iniciaron dos pleitos en el tribunal. El primero fue radicado por el abogado de las tres hermanas en contra de Francisca. En este se suplicaba se dictara sentencia decretando la división material de la finca. En 1963, Rosa María y María Teresa se unieron a la demandada. Inocencia continuó como demandante. El segundo caso fue radicado por los abogados del señor Shivell contra las tres hermanas vendedoras sobre cumplimiento específico del contrato. El pleito de Shivell es contra Rosa María y María Teresa porque Inocencia estaba dispuesta a firmar las escrituras. Los dos pleitos fueron consolidados. En consecuencia, el Tribunal Superior declaró con lugar ambas demandas y ordenó a las demandadas copropietarias que otorgasen la escritura de división de comunidad y a las demandadas vendedoras que otorgasen la escritura de venta de la finca en cuestión.

Controversia: Si en este caso, mediante el contrato en cuestión, el comprador Shivell adquiriría eventualmente, no un derecho abstracto de condominio, sino cierto terreno específico.

Decisión del Tribunal Supremo: Confirma la sentencia que declara con lugar la demanda sobre cumplimiento específico de contrato y otra titulada acción civil.

Fundamentos legales: Según el Tribunal Supremo:

La intervención frecuente y directa del esposo de Francisca en las negociaciones que culminaron en el contrato de 1962 y la aquiescencia de su esposa demuestra que había un mandato implícito de parte de Francisca hacia su esposo Roberto Annoni. Para el acto de la división no se necesita mandato evidenciado en documento público porque no es un acto de riguroso dominio. La división de los partícipes en la...

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