SIACA V. Bahia Beach Resort, 2016 T.S.P.R. 11

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas60-62

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Derecho Laboral - Ley Núm. 427-2000: Derecho de la mujer trabajadora a elegir la lactancia como método para alimentar a su recién nacido. Hechos: La señora Jaqueline M. Siaca comenzó a trabajar como supervisora en el departamento de seguridad para la empresa Bahía Beach Resort & Golf Club el 5 de noviembre de 2007. En 2008, la señora Siaca quedó embarazada. El 19 de diciembre de 2008, la señora Siaca le entregó a la señora Aixa Olavarrieta Archilla el certificado de nacimiento de su hija con el propósito de añadirla a su plan médico; informó que estaba amamantando a su hija y su decisión de continuar alimentandola con leche materna.

El 12 de enero de 2009, la señora Siaca se reintegró a sus labores. Al solicitar el período para extraerse leche materna, su supervisora le indicó que podía utilizar un baño. La señora Siaca le expresó a su supervisora que el baño no era una alternativa debido a los gérmenes y la pobre higiene del lugar. Fue autorizada al uso de una oficina contigua a la oficina de recursos humanos. Luego se le asignó un vagón, el cual estaba apartado del lugar donde la señora Siaca normalmente realizaba su trabajo. La trabajadora utilizó el lugar desde abril hasta principios de septiembre de 2009; por un fin de semana utilizó las facilidades de la Casa Club del complejo de Bahía Beach. Nuevamente fue reubicada en el vagón de la oficina de Recursos Humanos. La señora Siaca utilizó este espacio desde septiembre de 2009 hasta el 12 de enero de 2010.

El T.P.I. decidió que la empresa no había provisto el lugar ideal para su empleada. El T.A. resolvió que la prueba testifical no demostró que la señora

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Siaca no pudo disfrutar de su periodo de extracción de leche o que Bahía Beach no proveyó lugares adecuados para realizar dicha función.

La señora Siaca recurrió ante el Tribunal Supremo.

Controversia: El Tribunal tiene la oportunidad de analizar las políticas públicas establecidas en protección de la mujer trabajadora que toma la decisión personalísima de amamantar o extraerse leche materna para su recién nacido.

Decisión del Tribunal Supremo: Revoca la sentencia emitida por el T.A. Reinstala la sentencia emitida por el T.P.I., salvo la partida de $10,000.00 para el pago de honorarios de abogado concedida a la señora Siaca.

Fundamentos legales: Puerto Rico, al igual que otras jurisdicciones en los Estados Unidos y en el mundo, reconoce y protege el derecho de la mujer trabajadora a amamantar o extraerse leche...

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