Supremo acoge la demanda

Por Cynthia López Cabán

cynthia.lopez@gfrmedia.com

El martes en la tarde, el Supremo expidió el recurso de certificación que solicitó la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura, con lo cual aceptó atender la demanda radicada por el organismo que reúne a jueces de primera instancia y del apelativo.

En la resolución de 11 páginas, el Tribunal Supremo explicó las razones para intervenir en la controversia. "Como norma general, un juez debe inhibirse en casos en que tenga conflicto de interés o un prejuicio sobre la controversia o sobre los litigantes... Sin embargo, el procedimiento civil jurídico provee una excepción a esa norma: la regla de necesidad".

Esa regla permite que un juez intervenga en un pleito en cuyo resultado tenga interés cuando no sea posible sustituirlos o su participación sea necesaria para constituir el quórum en un tribunal colegiado, indica la resolución que cita al profesor José J. Álvarez González.

También cita al tratadista inglés Frederick Pollock: "el estado de derecho es que, aunque un juez no debe intervenir en un caso en el que tiene interés personal, no solo debe, sino tiene que hacerlo, si el caso no se adjudicaría de otra forma".

Luego del análisis jurídico, el Tribunal concede 10 días a las partes para presentar sus argumentos y cita a la vista oral. En esta vista, las partes tendrán la oportunidad de exponer sus posiciones y "aclarar las dudas que nos puedan surgir sobre los asuntos planteados".

En la demanda radicada el lunes, la Asociación argumenta que el aumento en las aportaciones al sistema de retiro se traduce a una merma en sus ingresos.

La nueva Ley eleva la aportación de los miembros de la judicatura del 8% al 10% y reduce el...

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