Torres Martinez V. Torres Ghigliotty, 2008 TSPR 181 358

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas358-363

Page 358

División de Comunidad de Bienes.

Hechos: El 2 de marzo de 1999, el Sr. Belford Torres Vélez, otorgó un testamento abierto mediante el cual instituyó, a sus hijos, Juan y Alma como sus únicos y universales herederos. Además, nombró al hijo como el albacea y administrador de todos sus bienes, derechos y acciones. En dicho testamento, el causante dispuso específicamente cuatro (4) legados a favor de sus nietos. Asimismo, dispuso que una vez pagados dichos legados, el remanente del tercio de libre disposición fuera adjudicado a su hijo. En el acápite quinto del testamento, se detalló lo relativo a la institución de herederos y luego de instituir herederos a sus dos hijos, el de cujus dispuso que al pagarle a su hijo nombrado Juan Belford Torres Ghigliotty, lo que le corresponde en los bienes que deja a su fallecimiento se le adjudique como parte de lo que le pertenezca una finca rústica de 67 cuerdas ubicada en el Municipio de Cabo Rojo.

Respecto a su hija dispuso que se le adjudique a esta una finca de 25 cuerdas ubicada en Boquerón, Cabo Rojo.

Pasados dos años y medio del otorgamiento de su testamento, el señor Torres Vélez suscribió un “Contrato de Opción de Compra” con MAC Development Corp., en virtud del cual el causante otorgó a favor de MAC Development una opción de compra sobre la finca adjudicada en el testamento a favor de su hija.

El 26 de enero de 2002, después de otorgado el contrato de opción de compraventa y antes de expirar el término dispuesto para que MAC Development ejerciera la opción, el señor Torres Vélez falleció, sin que la opción fuera ejercida. MAC Development notificó entonces a la sucesión del señor Torres Vélez que deseaba ejercer la opción de compraventa. Al no recibir respuesta, MAC Development presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una demanda en contra de la sucesión Torres Vélez y solicitó, entre otras cosas, el cumplimiento específico del contrato de opción y el otorgamiento de la correspondiente escritura de compraventa.

La sucesión Torres Vélez y MAC Development, suscribieron y presentaron ante el foro primario un “Acuerdo por Estipulación” para que una vez recibido el correspondiente relevo del Departamento de Hacienda, otorgarían la escritura de compraventa. El tribunal aprobó el acuerdo. No obstante, en vista de las desavenencias entre las partes en torno a la distribución del producto de la compraventa de la finca adjudicada a la señora Torres Ghigliotty, dicho foro determinó que MAC Development debía consignar el dinero en el tribunal hasta tanto se resolvieran sus diferencias.

El 23 de mayo de 2003, la sucesión Torres Vélez fue citada, mediante notario, para que comparecieran a la autorización de la escritura de compraventa de la finca en cuestión, pero sus miembros no comparecieron. Un día antes de la fecha pautada para la autorización de la escritura de compraventa de dicho inmueble, la señora Torres Martínez presentó ante el

Page 359

Tribunal de Primera Instancia una demanda sobre división de comunidad de bienes, partición hereditaria y solicitud de cartas testamentarias contra el señor Torres Ghigliotty y la señora Rivera Irizarry. En la misma alegó, inter alia, que el inmueble objeto de la compraventa le pertenecía por disposición testamentaria y solicitó la totalidad del dinero producto de la compraventa. Adujo, además, que el señor Torres Ghigliotty incumplió con sus deberes como albacea, por lo que solicitó su destitución y la indemnización de los daños y perjuicios causados por la negligencia de éste.

El señor Torres Ghigliotty negó haber incumplido con sus deberes como albacea y solicitó la desestimación de la demanda. Por su parte, la viuda, señora Rivera Irizarry, en su contestación a la demanda advirtió que el albacea no había presentado informes, inventario ni avalúo del caudal hereditario, razón por la cual solicitó al foro primario que le ordenara a éste cumplir con dichas obligaciones, a fin de proceder con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR