Torres V. Castillo Alicea, 1981, 111 D.P.R. 792

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas370-371

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Artículo II, Sec. 7. Escrutinio Tradicional o Nexo Racional.

Hechos: Faustino Rodríguez trabajaba por contrato sembrando grama en la residencia de Francisco Santiago. El dueño de la casa y su esposa salieron. Dejaron el portón trasero abierto para que el jardinero pudiera entrar a cambiarse de ropa.A la casa llegó el hijo del dueño y su esposa. Vieron al jardinero salir de entre los arbustos. Llamaron a la Policía. Los policías entraron al patio. Uno de ellos disparó e hirió al jardinero. El obrero estuvo 109 días en el hospital, desde el impacto hasta que murió. La viuda y los hijos instaron demanda en daños y perjuicios contra el Policía Castillo, el E.L.A. y el dueño de la casa. En la demanda alegaron inconstitucionalidad de la ley que autoriza pleitos contra el Estado y solicitaron sentencia en cantidades que exceden los límites.

El tribunal concedió daños y decretó la inconstitucionalidad de la Ley Núm. 104-1955. El Gobierno recurre ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si el tribunal cometió error al declarar inconstitucional la

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Ley de Pleitos contra el Estado.

Decisión del Tribunal Supremo: Modifica la sentencia. El Art. 2(2) de la Ley de Pleitos contra el Estado infringe la Sec. 7 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico –la cláusula de debido procedimiento de ley e igual protección de las leyes. El vicio constitucional del Art. 2(2) nace de los límites económicos (de $15,000 y 30,000) que dan lugar a trato especial para algunos litigantes favorecidos por leyes y privilegios. Erró el tribunal a quo al extender su decreto de inconstitucionalidad más allá de...

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