Traqueteando con el Ajuste por Combustible

POR SERGIO M. MARXUACH

Director de Política Pública delCentro Para Una Nueva Economía

El aviso también estipulaba que la nueva cláusula de ajuste sería efectiva a partir de la publicación de la misma por un periodo de 90 días. O sea, que entraría en vigor el 18 de octubre y estaría en efecto hasta el 16 de enero de 2013. La nueva cláusula incluía el uso de una "Cantidad Estabilizadora" que se utilizaría para "estabilizar" la factura de los clientes residenciales que no reciben subsidios.

Quince días después, el viernes, 2 de noviembre, apenas cuatro días antes de las elecciones generales en Puerto Rico, la AEE publicó en su página de Internet un aviso de vistas públicas sobre modificación de cláusula de ajuste y otro aviso donde notifica que está disponible un "Informe Sobre Consideración de la Aprobación con Carácter Permanente de la Modificación en la Cláusula de Ajuste".

Ese informe nos dice, entre otras cosas, que "la AEE, de conformidad con las disposiciones legales que la rigen, determinó modificar la fórmula actual de la Cláusula de Compra de Combustible. Con dicha modificación se beneficiarán del uso del gas natural en las unidades 5 y 6 de Costa Sur los clientes residenciales acogidos a la Tarifa Servicio Residencial General (GRS-112). Esta modificación consiste en presumir que las unidades 5 y 6 de Costa Sur les suplen básicamente toda su generación a los clientes acogidos a la tarifa GRS-112, y que el resto de las unidades del sistema de generación de la Autoridad les suplirán a los clientes que no se facturan con esta tarifa".

Cada mes, la AEE compararía los kilovatios/hora (kWh) que consumieron los abonados acogidos a la tarifa GRS-112 con la generación de las unidades 5 y 6 de Costa Sur y utilizaría uno de tres posibles escenarios para calcular el ajuste aplicable a su factura, dependiendo de si la generación de las unidades 5 y 6 de Costa Sur era igual, mayor, o menor al consumo de los abonados acogidos a la tarifa GRS-112.

Para cada uno de estos casos, se aplicarían dos fórmulas diferentes para calcular el factor de compra de combustible: una para los clientes GRS-112 y otra para todos los demás. Por lo tanto, estarían en efecto seis fórmulas para calcular esta parte del ajuste.

Además, a los clientes GRS-112 se le aplicaría una "cantidad estabilizadora" que es una "cantidad que se utilizará para reducir la factura de los clientes acogidos a la Tarifa GRS-112 que no reciben subsidio. Esta cantidad proviene de una cuenta...

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