Triste día para la democracia

MARIANA IRIARTE

ABOGADA

Aunque el Tribunal Supremo determinó que los demandantes no tenían legitimación activa -es decir autoridad o poder- para demandar, entró a considerar los méritos del caso. Sin embargo, eso no es lo importante para el País o quizá no es tan importante como los efectos que otras actuaciones del Tribunal en el caso puede tener para la democracia, para la participación ciudadana y para el poder fiscalizador de la ciudadanía a la hora de pasar juicio sobre los nombramientos del Ejecutivo. Máxime cuando esos nombramientos se realizaron luego de perder las elecciones.

Lo primero que debemos decir es que la desestimación la decretaron cuatro jueces, es decir, una minoría del Tribunal. La jueza asociada Pabón Charneco no interevino, el juez asociado Rivera García no interviene -por razones obvias- y las juezas asociadas Liana Fiol Matta y Anabelle Rodríguez Rodríguez, junto al juez presidente, tampoco intervinieron y emitieron un voto explicativo sobre su decisión.

Aunque el caso se dispuso por sentencia, un mecanismo que permite resolver la controversia sin sentar precedente y sin necesidad de que algún juez suscriba una opinión, está claro que quienes decretaron la desestimación fueron los jueces asociados Estrella Martínez, Martínez Torres, Kolthoff Caraballo y Feliberti Cintrón.

Así, una minoría de cuatro jueces no sólo desestimaron una demanda donde ni siquiera se había emplazado a la totalidad de los demandados, sino que además...

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