TSPR no paraliza ley de retiro de la judicatura

Por El Nuevo Día

La determinación del alto foro judicial se limita a la "moción de auxilio de jurisdicción" ante el TSPR radicada por la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura, pero no afecta la totalidad de la demanda radicada por el grupo que representa a los jueces.

De hecho, ya el pasado martes, 31 de diciembre, el Tribunal Supremo había ordenado que se celebrara una vista oral el próximo 15 de enero sobre la demanda.

"Tomando en consideración que la Asociación se limitó a presentar a nivel de instancia una sentencia declaratoria más no un injunction, que los peticionarios no se exponen a un daño sustancial e irreparable y que el recurso se está atendiendo de manera expedita en virtud de la regla 50 de nuestro reglamento, declaramos sin lugar en esta etapa procesal la moción en solicitud de auxilio de jurisdicción", reza la resolución de dos páginas.

La regla 50, explica la resolución, dispone que el TSPR atenderá, sin sujeción al trámite ordinario...

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