Urgente impuesto a las foráneas

VICENTE FELICIANO

ECONOMISTA

La Ley 154 que dispuso un arbitrio a las corporaciones foráneas estableció una escala que comenzaba con una tasa de un 4% en el 2011, un 3.75% en el 2012 y del 2.75% en el 2013. Es imperativo enmendar la Ley 154.

No se puede repetir el error de legislar en un fin de semana, a escondidas y con premura. Hay que atender el asunto con la ponderación que amerita y no limitándose a los aspectos contributivos. Las tasas contributivas tienen que ser atractivas para la manufactura de fármacos, pero también para generar recursos adecuados al fisco.

Se necesita tener en cuenta que la tasa contributiva es sólo uno de los elementos que llevan a una empresa a operar en Puerto Rico. Por tal motivo, el empleo en las farmacéuticas en Puerto Rico ha venido disminuyendo durante años, independientemente de la estructura de incentivos contributivos.

Se necesita considerar que existen diferencias entre las farmacéuticas con patentes y las que manufacturan genéricos. La tendencia es hacia un aumento en el porcentaje de recetas despachadas de genéricos y, por lo tanto, en el porcentaje que representan los genéricos en la manufactura total.

Para las empresas de genéricos las tasas contributivas son un asunto...

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