Las víctimas tienen que ser consultadas

Por Israel Rodríguez Sánchez

israel.rodriguez@elnuevodia.com

Así lo establece la Carta de Derechos de las Víctimas y Testigos del Crimen, que fue convertida en ley en 1988, puntualizó ayer Myra Rivera, fundadora de la Alianza Laura Aponte por la Paz Social (ALAPÁS).

Esa carta establece en su punto siete que es un derecho "ser notificado del desarrollo de la investigación, procesamiento y sentencia del responsable del delito, ser consultado antes de que se proceda a transigir una denuncia o acusación contra el autor del delito y ser informado de los procedimientos posteriores a la sentencia cuando la víctima o el testigo así lo solicite a la Policía de Puerto Rico, al Negociado de Investigaciones Especiales y al Ministerio Fiscal".

Rivera dijo que eso no implica que la víctima tiene el poder decisional. "Si no estuviera de acuerdo con la decisión, el fiscal puede hacer el acuerdo. Pero hay casos en que la víctima ha sido más informada que consultada", criticó.

Rivera, cuya organización brinda apoyo y servicios a víctimas de asesinato/homicidios, de conductores negligentes o ebrios y de carjacking, sostuvo que puede entender que si no hay evidencia para probar un asesinato en primer grado quizás se tenga que bajar el cargo.

"Pero si se...

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