Ley Núm. 266 de 31 de Agosto de 2000. Programa de Vales Especiales para el Cuidado y Desarrollo de Niños y Niñas Escolares

EventoLey
Fecha31 de Agosto de 2000

LEY NUM. 266

DEL 31 DE AGOSTO DE 2000

Para añadir un párrafo octavo al Artículo 2, enmendar el párrafo primero y añadir un nuevo inciso (D) y un párrafo quinto al Artículo 5, añadir un nuevo inciso (C) al Artículo 6 y un segundo y tercer párrafos al Artículo 8 de la Ley Núm. 138 de 1 de julio de 1999; establecer el "Programa de Vales Especiales para el Cuidado y Desarrollo de Niños y Niñas Escolares" adscrito a la Administración de Familias y Niños del Departamento de la Familia; declarar la política pública relativa a dicho Programa; fijar las responsabilidades, deberes y obligaciones del Programa; facultar al Secretario del Departamento de la Familia a promulgar los reglamentos necesarios para implantar esta Ley; asignar y autorizar el pareo de fondos; imponer penalidades; y para otros fines relacionados.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El promover oportunidades educativas y de empleo que permitan a los jefes de familia y sus dependientes alcanzar la autosuficiencia económica constituye una de las prioridades del Gobierno de Puerto Rico.

Por ello, uno de los mayores retos que enfrenta la sociedad puertorriqueña es buscar la manera de orientar la gestión gubernamental para permitir el desarrollo integral del individuo y a la vez proveer alternativas de desarrollo social y económico a las familias más necesitadas, de acuerdo con sus necesidades particulares.

A pesar de la implantación de numerosos programas y reformas sociales durante años recientes, aún persiste un sector sustancial de nuestro pueblo que ve limitadas sus posibilidades de acceso a los recursos necesarios para lograr su crecimiento económico y mejorar sus condiciones sociales.

De acuerdo con la información recopilada para el censo poblacional de 1990, el cincuenta y cinco por ciento (55%) de las familias de la Isla se encontraban para esa fecha bajo el nivel nacional de pobreza, como resultado de lo cual un número considerable de individuos y familias dependía de los programas de asistencia pública.

De acuerdo con un estudio publicado por Fondos Unidos de Puerto Rico en enero de 1997, titulado "Estudio Sobre las Necesidades Sociales de Puerto Rico", unas 205,508 de un total de 886,339 familias, o el 23.2%, estaban constituidas para ese entonces por mujeres, jefas del hogar, sin que hubiera un esposo presente.

Del total de mujeres jefas de familias, no menos de 105,085; o el 51.1%, tenían hijos menores de dieciocho (18) años.

Otro estudio realizado por el Departamento de la Familia en 1995 reflejó que los hogares con mujeres jefas de familia tienen ingresos más bajos que cualquier otro jefe de hogar y su ingreso es todavía menor si la mujer no trabaja y tiene hijos menores de seis (6) años.

También se indica que el 19.6% de los nacimientos en Puerto Rico son de madres adolescentes y el 39% de éstos corresponden a madres no casadas.

Al examinar el perfil de estas familias, encontramos que muchos de los jefes de familias se encuentran desempleados o carecen de destrezas ocupacionales, y un porcentaje considerable de éstos no ha obtenido el diploma de escuela superior.

Todas estas circunstancias limitan considerablemente las oportunidades de empleo e impiden -o por lo menos dificultan sustancialmente- que estas personas sean económicamente activas y socialmente productivas.

A la luz de estas consideraciones, resulta imperativo continuar explorando alternativas para desarrollar la autosuficiencia de las familias puertorriqueñas más desventajadas, mediante la capacitación, el adiestramiento y la rehabilitación de sus miembros.

Actualmente, varios programas de la Administración de Familias y Niños van dirigidos a proveer servicios de cuidado y desarrollo de niños a familias con necesidades particulares, así como brindar la oportunidad a padres y madres de integrarse o reintegrarse al mercado de empleos, de manera que puedan formar parte de la fuerza laboral.

Entre tales programas se incluyen aquellos auspiciados por el "Child Care and Development Block Grant Act", P.L. 101-508, "Head Start" y el

Programa para el Cuidado y Desarrollo del Niño, que se nutre de fondos estatales.

La información suministrada a la Asamblea Legislativa indica que la limitación principal en la capacidad de brindar mayores servicios es la falta de mayores recursos fiscales.

Ante la evidente necesidad de ampliar y fortalecer la prestación de servicios de cuidado a niños, la Asamblea Legislativa considera necesario crear mediante legislación un programa de vales especiales para sufragar el pago de servicios de cuidado a niñas y niños de edad escolar, con énfasis en el cuidado de horario extendido a niños y niñas entre las edades de cinco (5)...

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