En veremos proyecto de donación de órganos

La Cámara de Representantes espera por enmiendas que someterá el Departamento de Transportación y Obras Públicas a un proyecto de ley que supuestamente le da estabilidad al Registro de Donantes de Órganos y aclara quiénes pueden autorizar la donación de órganos de un fallecido que no dejó una autorización expresa.Se trata del Proyecto de la Cámara 1239, del portavoz de la mayoría Gabriel Rodríguez Aguiló. La medida pasó el trámite legislativo el 8 de noviembre y, tras objeciones de La Fortaleza, fue solicitada su devolución a la Legislatura.La pieza legislativa estipula que toda persona que se declare donante de su cuerpo, órganos o tejidos al expedirse su licencia de conducir, permanecerá en el Registro de Donantes a menos que solicite ser excluido.También, ubica al tope de una lista de prioridad, y por encima del cónyuge del fallecido, a una figura conocida como el "agente del finado", que tendría la potestad de decidir, en ausencia de una declaración autorizando o desautorizando ser donante, si los órganos del fallecido pueden ser donados.Se define al agente del finado como "un individuo autorizado a tomar decisiones relacionadas con la salud del finado por virtud de algún testamento, poder o documento privado otorgado ante notario o a través de un documento público juramentado ante notario público".Le seguirían en orden de jerarquía el cónyuge, hijos mayores de edad, padres, hermanos mayores de edad, nietos mayores de edad y abuelos.LifeLink, organización que dirige los esfuerzos de recuperación de órganos y tejidos para trasplantes en Puerto Rico y las Islas Vírgenes Americanas, favorece la medida."Busca...

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