Victoria sobre Ley de Cierre

Por Marian Díaz

mdiaz1@elnuevodia.com

Así lo decidió ayer el secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Nery Adames, al interpretar los artículos 3 y 4 de la Ley 1 de diciembre de 1989, según enmendada, conocida comúnmente como la Ley de Cierre.

Adames tuvo que interpretar ambos artículos ante una controversia que se suscitó en la víspera del Día de Reyes en una farmacia de comunidad.

Ese domingo los inspectores del DACO se tiraron a la calle a visitar los comercios, y uno de ellos llegó a Mi Farmacia, en la colindancia entre Barranquitas y Naranjito. Allí multó en $5,000 al dueño de la farmacia de comunidad porque antes de las 11:00 a.m. permitía que se vendieran juguetes y otros artículos que no eran medicamentos.

Los negocios de 25 empleados o menos están exentos de la Ley de Cierre, pero en esa ocasión el DACO le dio otra interpretación al estatuto. De hecho, los inspectores de la agencia multaron ese día a más de una farmacia de comunidad por la misma razón.

La situación se complicó aún más, pues las oficinas regionales del DACO hacían interpretaciones distintas del mismo estatuto.

Ante el revuelo y la confusión que causó la acción del DACO, el secretario se comprometió a estudiar la ley y a hacer una interpretación oficial del asunto.

Ayer emitió su decisión. "No nos cabe duda que la Ley de Cierre no aplica a los establecimientos comerciales con menos de 25 empleados, sin excepción de a qué se dedica el negocio. Por lo tanto, es nuestra posición que si se trata de una farmacia que opere con 25 empleados o menos, están exentos de la Ley Num. 1, supra", lee la interpretación del secretario.

Adames indicó en su análisis sobre la Ley, que al aprobarla los legisladores mostraron, entre otros...

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