A la vista cambios con pagarés hipotecarios

Por Joanisabel González

joanisabel.gonzalez@elnuevodia.com

Se trata del reglamento 5793 y que se enmendó en enero de este año como secuela del fraude hipotecario articulado en entidades como New York Mortgage Bankers (NYMB) y Beneficial Mortgage hace unos años.

Al presente, el reglamento establece que las instituciones hipotecarias tendrán entre 90 días y 180 días para obtener un pagaré hipotecario sujeto a cancelación. También permite que el deudor de un préstamo hipotecario solicite a la institución financiera el pagaré para hacerse cargo de su posterior cancelación ante el Registro de la Propiedad.

Las enmiendas a los reglamentos 5793 y 8147 entrarían en vigor una vez se cumpla con los procedimientos en el Departamento de Estado.

De acuerdo con el comisionado Rafael Blanco Latorre, el reglamento se modificará a petición de los regulados, los que señalaron que 90 días no era tiempo suficiente para identificar y obtener un pagaré hipotecario.

Según Blanco Latorre, las enmiendas extenderán de 90 a 180 días el período para obtener el pagaré hipotecario cuando se encuentre en Puerto Rico y de 180 a 210 días, para gestionar el pagaré cuando esté en manos de un inversionista o custodio extranjero.

Agregó que el inciso que ahora permite al deudor solicitar el pagaré se aclarará para que esa alternativa aplique cuando se trate de una propiedad salda. En una...

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