Ley Núm. 286 de 21 de Agosto de 1999. Procedimientos para disponer de solares Departamento de la Vivienda

EventoLey
Fecha21 de Agosto de 1999

LEY NUM. 286 DEL 21 DE AGOSTO DE 1999

Para ordenar al Departamento de la Vivienda a establecer, mediante reglamentos especiales y transitorios, procedimientos para disponer de aquellos solares o parcelas que por razón de alguna ley o reglamento se encuentran gravados o afectados, de tal manera que impida, restrinja o evite la disposición adecuada de los mismos a favor de los beneficiarios de los programas de interés social que éste administra; y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Título V, de la Ley Núm. 26 de 12 de abril de 1941, creó el programa de reinstalación de agregados, en la zona rural del país. Mediante este programa se establecieron seiscientas veintisiete (627) comunidades en Puerto Rico y se desarrollaron cerca de ciento ochenta y ocho mil, (188,000) parcelas o solares a través de toda la Isla. Estas comunidades agrupan aproximadamente un millón de puertorriqueños que se beneficiaron de dicha legislación, conviertiéndose en usufructuarios del terreno.

En su origen, este programa lo atendía la Administración de Programas Sociales, que luego se convirtió en la Administración de Vivienda Rural, y que finalmente pasó a ser la Administración de Desarrollo y Mejoras a Vivienda. Esta última, con la función de trabajar con la zona rural y la urbana también, cuando desapareció la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda.

Al aprobarse la Ley Núm. 35 de 14 de junio de 1969, según enmendada, se facultó a la agencia a otorgar títulos de propiedad a los usufructuarios, que se beneficiaron del Título V de la Ley de Tierras.

Al presente, la inmensa mayoría de los usufructuarios cuenta con su título de propiedad.

Sin embargo, se estima en poco más de setenta mil (70,000)

los que aún no poseen el título de propiedad.

Dentro de ese marco fáctico, la Administración de Desarrollo y Mejoras de Vivienda fue creada con el propósito de, en cierta medida, continuar los propósitos de la desaparecida Administración de Vivienda Rural. Además, agilizar y fomentar el desarrollo y las mejoras a las viviendas de interés social que al amparo de los diversos programas, administra el Gobierno de Puerto Rico, en las zonas rurales y urbanas del país.

En términos generales, se ha cumplido con el objetivo que inspiró la creación de esta agencia.

No obstante, han surgido una serie de situaciones que provocan la...

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