Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 08 D.P.R. 203

EmisorTribunal Supremo
DPR08 D.P.R. 203

08 D.P.R. 203 (1905) SALVA ET AL. V. SUCESION BORRAS

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Salvá

et al. v. Sucesión Borrás.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Humacao.

No.

  1. Resuelto en Marzo 21, 1905.

    EXPOSICION DEL CASO.

    En el caso arriba expresado, la representación de la parte apelada presentó

    moción al Tribunal Supremo, suplicando se desestimara la apelación

    interpuesta contra la resolución dictada por la Corte de Distrito del

    Distrito Judicial de Humacao, por la que se dispuso el nombramiento de un

    Síndico que poseyera y administrara los bienes bajo la autoridad y dirección

    de la Corte, fundando la moción en que tal resolución no era apelable por no

    estar comprendida en ninguno de los casos previstos en el artículo 295 del

    Código de Enjuiciamiento Civil.

    Abogado del promovente: Sr. Guzmán Benítez (Don José.)

    Abogado de la parte opositora: Sr. López Landrón.

    OPINION DEL TRIBUNAL.

    No siendo apelable la resolución dictada por la Corte de Distrito de Humacao

    en veinte y tres de Enero último, por no estar comprendida en las que

    taxativamente enumera el artículo 295 del Código de Enjuiciamiento Civil; se

    declara con lugar la moción y en su consecuencia se desestima la apelación

    interpuesta por el abogado Don Rafael López Landrón en representación de la

    sucesión de Doña Catalina Borrás y Ginart contra la resolución referida con

    las costas al apelante; y comuníquese á la Corte de Distrito de Humacao á

    los fines procedentes.

    Jueces concurrentes: Sres. Presidente Quiñones, y Asociados, Hernández,

    Figueras, MacLeary y Wolf.

    008 D.P.R. 201

    Salvá

    et al. r. Sucesión Borrás.

    Apelación procedente de la Corte de Distrito de Humacao.

    No.

  2. Resuelto en Marzo 21, 1905.

    EXPOSICION DEL CASO.

    En el juicio voluntario de testamentaria de Gerónima Ginart y Andreu,

    promovido ante la Corte de Distrito del Distrito Judicial de Humacao, por

    Don Juan Salvá y Ginart, dicha Corte dictó auto con fecha 15 de Agosto de

    1904, nombrando un síndico para que, durante la tramitación de dicho juicio,

    posea y administre los bienes de la testamentaria, bajo la autoridad y

    dirección de la Corte, y reciba las rentas y productos y los conserve á la

    disposición de dicha Corte; ese auto fué apelado para ante el Tribunal

    Supremo por la representación de la Sucesión de Doña Catalina Borrás y

    Ginart, y ante dicho Tribunal presentó una moción la representación de Don

    Juan Salvá solicitando la desestimación de la apelación, entre otros

    fundamentos, por no ser apelable...

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