Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 20 de Abril de 1903 - 08 D.P.R. 27

EmisorTribunal Supremo
DPR08 D.P.R. 27
Fecha de Resolución20 de Abril de 1903

08 D.P.R. 27 (1905) ROMERO V. RUIZ ET AL.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Romero v. Ruiz et al.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan.

No. 35. Resuelto en Enero 31, 1905.

Los hechos están expresados en la Opinión.

Abogado del apelante: Sr. García Cuervo.

La parte apelada no compareció.

El Juez Asociado Sr. Figueras emitió la Opinión del Tribunal.

Doña Josefa Ruiz Córdova falleció en Barcelona, España, el 13 de Febrero de 1902, sin que hubiese otorgado testamento, ni conste que tenga ascendientes ni descendientes legítimos y con los documentos que se estimaron necesarios se solicitó por varios parientes una declaratoria de herederos y la Corte del Distrito de San Juan, después de la correspondiente tramitación, dictó en 20 de Abril de 1903, un auto cuya parte dispositiva es como sigue: "Se declaran únicos y universales herederos de Doña Josefa Ruiz y Córdova á sus parientes colaterales en cuarto grado D. Manuel Sandalio y Da. Eusebia María del Carmen Ruiz y Pacheco y Don Manuel Areizaga y Córdoba; líbrense á los interesados los testimonios que de este auto se solicitaren y archívese.

Juan Morales Martínez. Frank H. Richmond. José Tous Soto." El abogado Don Damián Monserrat en representación de Don Juan Bautista Romero, pariente en quinto grado de la causante Da. Josefa Ruiz Córdova por ser hijo legítimo de una prima de ésta, fallecida en 23 de Enero de 1877, estableció juicio declarativo contra los declarados herederos para que se declare nula esa declaratoria ó que se le declare también heredero por derecho de representación de su madre Da. Josefa Areizaga Córdova, que se encontraba con los otros declarados en igual grado cuarto de parentesco con la causante.

Ese juicio se siguió en rebeldía de los demandados y el Tribunal de Distrito de San Juan, después de examinar la documentación que el actor presentó, dictó en 23 de Mayo del año anterior sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "Fallamos: que declarando con lugar esta demanda debemos declarar y declaramos al actor Don Juan Bautista Romero y Areizaga heredero por derecho de representación de su Sra. madre fallecida, Da. Josefa Areizaga Córdoba, de Doña Josefa Ruiz Córdoba: debiendo entenderse modificado el auto de este Tribunal de fecha 20 de Abril de 1903, declarando herederos de dicha Sra.

Da. Josefa Ruiz Córdoba á sus parientes en cuarto grado Don Manuel Sandalio Ruiz Pacheco, Da. Eusebia María del Carmen de los mismos apellidos y Don Manuel Areizaga, los...

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