Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Abril de 2010 - 178 DPR 630
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | TS-12179 |
DTS | 2010 DTS 048 |
TSPR | 2010 TSPR 48 |
DPR | 178 DPR 630 |
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2010 |
2010 TSPR 48
178 DPR 630, (2010)
178 D.P.R. 630 (2010), In re Cubero Feliciano, 178:630
2010 JTS 57 (2010)
2010 DTS 48 (2010)
Número del Caso: TS-12179
Fecha: 5 de abril de 2010
Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Lourdes Quintana Llorens
Directora
Conducta Profesional, Suspensión inmediata por adeudar el pago de la fianza notarial y no responder a ordenes de ODIN y el Tribunal.
(La suspensión será efectiva el 21 de abril de 2010, Fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión Inmediata).
En San Juan, Puerto Rico, a 5 de abril de 2010.
El Lcdo. Carlos A. Cubero Feliciano fue admitido al ejercicio de la abogacía el 21 de enero de 1998 y a la notaría el 23 de junio de 1998.
El Colegio de Abogados acudió ante este Tribunal e informó que el licenciado Cubero Feliciano adeudaba el pago de la fianza notarial. En vista de ello, le concedimos al licenciado Cubero Feliciano tiempo para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido de la abogacía y notaría. Ante la falta de comparecencia e incumplimiento con la orden de este Tribunal, el 7 de abril de 2009 lo suspendimos indefinidamente del ejercicio de la abogacía y notaría. In re Cubero Feliciano I, res. el 7 de abril de 2009, 2009 T.S.P.R. 81, 2009, J.T.S. 84, 175 D.P.R. __ (2009).
El 20 de mayo de 2009 admitimos nuevamente al licenciado Cubero Feliciano al ejercicio de la abogacía, pero no así de la notaría. En esa ocasión, ordenamos a la Directora de la Oficina de Inspección de Notarías (O.D.I.N.) a que informara sobre el estado de la obra notarial incautada al licenciado Cubero Feliciano. In re Cubero Feliciano II, res. el 20 de mayo de 2009, 2009 T.S.P.R.
82, 2009 J.T.S. 85, 175 D.P.R. __ (2009).
Oportunamente, la Directora de O.D.I.N. nos informó de varias deficiencias en la obra notarial del licenciado Cubero Feliciano. Entre las deficiencias señaladas se distinguen: (1) la no encuadernación de los protocolos desde 1998 al 2008; (2) la falta de índices; (3) instrumentos públicos extraviados; (4) la ausencia en el Registro de Testimonios de aquellos testimonios que fueron...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 7 de Marzo de 2016 - 194 DPR ____
...251 (2004); In reCasiano Silva, 145 DPR 343, 347 (1998); In re Cardona Estelritz, 137 DPR 453, 455 (1994). [13] In re Cubero Feliciano, 178 DPR 630 (2010); In re Merino Quiñones, 115 DPR 812, 814 [14] 161 DPR 727, 731 (2004). [15] In re Miranda Gutierrez, supra, pág. 748.
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 7 de Marzo de 2016 - 194 DPR ____
...251 (2004); In reCasiano Silva, 145 DPR 343, 347 (1998); In re Cardona Estelritz, 137 DPR 453, 455 (1994). [13] In re Cubero Feliciano, 178 DPR 630 (2010); In re Merino Quiñones, 115 DPR 812, 814 [14] 161 DPR 727, 731 (2004). [15] In re Miranda Gutierrez, supra, pág. 748.